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20 feb 2019

Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón

Qué ha cambiado (3 artículos)

Artículo 3
Párrafo añadido
r) La utilización de animales de especies pertenecientes a la fauna silvestre en espectáculos circenses.
Artículo 34
Antes1. Los animales utilizados en espectáculos circenses estarán protegidos por las previsiones de esta Ley en cuanto al trato recibido, características de la actuación, habitáculo, alimentación, cuidados higiénico-sanitarios y transporte.
Ahora1. Los animales utilizados en espectáculos circenses estarán protegidos por las previsiones de esta Ley en cuanto a su procedencia, trato recibido, características de la actuación, habitáculo, alimentación, cuidados higiénico-sanitarios y transporte.
Artículo 69
Antes17. La utilización de animales en espectáculos circenses que no hayan sido autorizados o que no posean los documentos referidos en el artículo 34.2 de esta Ley.
Ahora17. La utilización en espectáculos circenses de animales que no hayan sido autorizados, que no posean los documentos referidos en el artículo 34.2 de esta Ley o que pertenezcan a especies de fauna silvestre.