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5 mar 2019
Orden FOM/2554/2006, de 27 de julio, por la que se establece el procedimiento de control para el reintegro a las empresas navieras del importe de las bonificaciones al transporte marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y de las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla
Qué ha cambiado (1 artículo)
ANEXO I▾
EliminadoD. Formato de los ficheros informáticos
EliminadoTodos los ficheros informáticos serán de texto ASCII y estarán contenidos en un soporte de disco compacto (CD), o DVD, o enviados por correo electrónico.
EliminadoEl nombre de los ficheros informáticos entregados por las empresas navieras con la relación de embarques correspondientes a los billetes bonificados por residentes y por familias numerosas en todos los trayectos directos estará compuesto por un código de un dígito que identifica el grupo de tráfico («P» para el tráfico con la Península, «I» para el tráfico Interinsular), seguido del código de tres dígitos de la empresa naviera, seguido del año a cuatro dígitos, seguido del número de orden del trimestre («1» para el primer trimestre enero-marzo, «2» para el segundo trimestre abril-junio, «3» para el tercer trimestre julio-septiembre y «4» para el cuarto trimestre octubre-diciembre), seguido del carácter «_» (ASCII95).y un dígito para identificar el sector de tráfico (opcional para aquellas navieras que operan en varios sectores «1» para Sur-Estrecho, «2» para Baleares, «3» para Canarias) y seguido de un código de un dígito que identifica el tipo de bonificación tráfico («R» para residentes, «N» para familias numerosas), seguido de los caracteres «V2» que identifican la versión, todo ello sin espacios ni caracteres adicionales.
AntesPara los órganos gestores de los puertos, el nombre del fichero estará compuesto por el código de tres dígitos UN/LOCODE del puerto, seguido del año a cuatro dígitos y del número de orden del mes a dos dígitos («01» para el mes de enero, «02» para el mes de febrero, y así sucesivamente hasta el «12» para el mes de diciembre), todo ello sin espacios ni caracteres adicionales.
AhoraD. Formato de los ficheros informáticos.
Párrafo añadido
La denominación de los ficheros informáticos entregados por las empresas navieras con la relación de embarques correspondientes a los billetes bonificados y de los ficheros que contienen la certificación a la correspondiente deberá cumplir las siguientes especificaciones:
Párrafo añadido
El nombre de los ficheros informáticos presentados por las empresas navieras con la relación de embarques correspondientes a los billetes bonificados por residentes y por familias numerosas en todos los trayectos directos estará compuesto por un código de un dígito que identifica el grupo de tráfico («P» para el tráfico con la Península, «I» para el tráfico Interinsular), seguido del código de tres dígitos de la empresa naviera, seguido del año a cuatro dígitos, seguido del número de orden del trimestre («1» para el primer trimestre enero-marzo, «2» para el segundo trimestre abril-junio, «3» para el tercer trimestre julio-septiembre y «4» para el cuarto trimestre octubre-diciembre), seguido del carácter «_» (ASCII95) y un dígito para identificar el sector de tráfico («1» para Ceuta, «2» para Baleares, «3» para Canarias y «4» para Melilla) y seguido de un código de un dígito que identifica el tipo de bonificación tráfico («R» para residentes, «N» para familias numerosas), todo ello sin espacios ni caracteres adicionales. Estos ficheros informáticos se entregarán en formato texto ASCII con extensión txt o comprimidos con extensión zip.
Párrafo añadido
El nombre de los ficheros informáticos de las certificaciones presentadas por las compañías navieras tendrá la misma denominación que el fichero que contiene la correspondiente relación de embarques referida en el párrafo anterior, seguido del carácter «_» (ASCII95) y de los dígitos «CERT» y se entregarán en formato pdf.
Párrafo añadido
Para los órganos gestores de los puertos, el nombre del fichero informático de embarques reales estará compuesto por el código de tres dígitos UN/LOCODE del puerto, seguido del año a cuatro dígitos y del número de orden del mes a dos dígitos («01» para el mes de enero, «02» para el mes de febrero, y así sucesivamente hasta el «12» para el mes de diciembre), todo ello sin espacios ni caracteres adicionales.
Párrafo añadido
Todos los ficheros informáticos referidos serán entregados en la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.