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14 mar 2019
Resolución de 13 de marzo de 2006, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establecen los protocolos de detalle de las Normas de Gestión Técnica del Sistema Gasista
Qué ha cambiado (3 artículos)
PD-01▾
Antes
Ahora
Antes
Ahora
Antes| Fc = | Pc.suministro | × | Tc.referencia | × | Zc.referencia | = Kp× Kt × Kz |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| Pc. referencia | Tc. suministro | Zc. suministro | | | | |
Ahora
Antes| Fc = | Pc.suministro | × | T c.referencia | = Kp× Kt |
| --- | --- | --- | --- | --- |
| P c.referencia | Tc.suministro | | | |
Ahora
Eliminado| Kt = | 273,15 |
| --- | --- |
| 273,15 + T gas | |
AntesDonde Tgases la temperatura de 10 ºC.
Ahora
Párrafo añadido
Donde Tgases la temperatura de 10ºC.
Antes| Kp = | Pc + Patm |
| --- | --- |
| 1,01325 | |
Ahora
Eliminado| Patm = 1,01325 – k × A = 1,01325 – | 0,1223 × A |
| --- | --- |
| 1000 | |
EliminadoDonde «A» es la altitud en metros del municipio donde se encuentre situado el punto de suministro, publicada por el organismo oficial de estadística competente.
EliminadoPor su parte, el factor «k» se calculará por aplicación de la siguiente fórmula:
Eliminado| k | [ | mbar | ] | = | g × d | = 0,1223 |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| m | 100 | | | | | |
AntesSiendo «d» la densidad del aire (ISO 6976) interpolada a Tgas (10ºC) y «g» la aceleración estándar de la gravedad, con valores:
Ahora
Párrafo añadido
Donde “A” es la altitud en metros del municipio donde se encuentre situado el punto de suministro, publicada por el organismo oficial de estadística competente.
Párrafo añadido
Por su parte, el factor “k” se calculará por aplicación de la siguiente fórmula:
Párrafo añadido

Párrafo añadido
Siendo “d” la densidad del aire (ISO 6976) interpolada a Tgas (10ºC) y “g” la aceleración estándar de la gravedad, con valores:
Párrafo añadido
En el caso de las instalaciones de suministro a consumidores que no dispongan de corrector de presión en sus instalaciones, pero que dispongan de un regulador previo a la medición del gas, el factor de conversión por presión (Kp) se calculará considerando como presión de suministro la presión de tarado del regulador de gas.
Párrafo añadido
En el caso de las instalaciones de suministro a consumidores conectadas a redes de presión máxima de servicio de 22 mbar y que no dispongan de un regulador previo a la medición del gas. el factor de conversión por presión (Kp) se calculará considerando como presión de suministro la presión de 22 mbar, salvo en los casos en los que los reguladores de las estaciones de regulación y medida que alimenten a dicha red estén tarados a una presión inferior, en cuyo caso se tomará dicha presión como referencia.
AntesEste listado incluirá, para cada municipio, la altitud considerada y el valor del factor de conversión Fc correspondiente a las presiones de suministro, incluyendo al menos las cinco presiones relativas estandarizadas (0.02, 0.10, 0.15, 0.30 y 0.50 bar) y a una temperatura media de suministro de 10 ºC, que se considerará la temperatura media ponderada a nivel nacional. Será responsabilidad de la compañía distribuidora la comunicación al GTS de los municipios en los que se realiza la actividad de distribución de gas, junto con la identificación de las conexiones de las redes de distribución de dichos municipios con la red de transporte.
AhoraEste listado incluirá, para cada municipio, la altitud considerada y el valor del factor de conversión Fc correspondiente a las presiones de suministro, incluyendo al menos las seis presiones relativas estandarizadas (20 mbar, 22 mbar, 50 mbar, 55 mbar, 100 mbar y 150 mbar) y a una temperatura media de suministro de 10ºC, que se considerará la temperatura media ponderada a nivel nacional. Será responsabilidad de la compañía distribuidora la comunicación al GTS de los municipios en los que se realiza la actividad de distribución de gas, junto con la identificación de las conexiones de las redes de distribución de dichos municipios con la red de transporte.
AntesLa información anterior, comprensible para el usuario final, que incluya el factor de conversión Fc aplicable a las presiones de suministro, incluyendo cada una de las cinco presiones relativas estandarizadas (0.02, 0.10, 0.15, 0.30 y 0.50 bar) de cada red de distribución, junto con su poder calorífico superior medio diario (PCSDiario), será publicado en la página web del GTS. Asimismo dicha página incluirá la posibilidad de que los consumidores de lectura mensual o superior, introduciendo la red de distribución del punto de suministro y la fecha de la última lectura del consumo a facturar, puedan obtener el PCSMedioaplicable en la factura.
AhoraLa información anterior, comprensible para el usuario final, que incluya el factor de conversión Fc aplicable a las presiones de suministro, incluyendo cada una de las seis presiones relativas estandarizadas (20 mbar, 22 mbar, 50 mbar, 55 mbar, 100 mbar y 150 mbar) de cada red de distribución, junto con su poder calorífico superior medio diario (PCSDiario), será publicado en la página web del GTS. Asimismo, dicha página incluirá la posibilidad de que los consumidores de lectura mensual o superior, introduciendo la red de distribución del punto de suministro y la fecha de inicio y de final del periodo de facturación, puedan obtener el PCSMedio aplicable en la factura.
PD-02▾
AntesEl reparto diario se enviará por el distribuidor al SL-ATR con el detalle que se indica a continuación, por PCTD/PCDD, comercializador y cliente directo a mercado y día:
AhoraEl reparto diario se enviará por el distribuidor al SL-ATR con el detalle que se indica a continuación, por PCTD/PCDD, comercializador y cliente directo a mercado, y día:
Antes• Saldo de Mermas por PCTD/PCDD (total y asignado al usuario correspondiente) y su % sobre el total de emisión.
Ahora• Saldo de Mermas por PCTD/PCDD (total y asignado al usuario correspondiente) y su porcentaje sobre el total de emisión.
Eliminado• Valor agregado de Revisión GTS (total y asignado al usuario correspondiente).
AntesEl distribuidor mantendrá disponible en el SCTD para cada comercializador un inventario de los puntos Tipo 1 considerados en cada reparto, así como el número de puntos Tipo 2 por PCTD, peaje y zona climática. Concretamente, cada día pondrá a disposición de los usuarios:
AhoraEl distribuidor mantendrá disponible en el SCTD para cada comercializador un inventario del número de clientes desglosado por punto de conexión (PCTD/PCDD), peaje y zona climática. Concretamente, cada día pondrá a disposición de los usuarios:
AntesEsta información se publicará para todos los PCTD en los que el usuario tenga puntos de suministro de cada una de las tipologías.
AhoraEsta información se publicará para todos los PCTD/PCDD en los que el usuario tenga puntos de suministro de cada una de las tipologías. Además del dato asociado a cada usuario se aportará a éstos el número total de clientes por peaje correspondiente a cada punto de conexión.
PD-05▾
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Se modifica el apartado 5.3 por el apartado segundo de la Resolución de 15 de febrero de 2019.Ref. BOE-A-2019-3691]