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28 mar 2019
Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Qué ha cambiado (9 artículos)
Nota oficial del BOE▾
Aviso oficial
Esta norma pasa a denominarse **"Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a través de cuentas abiertas en las Entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria."**, según establece el art. único.1 de la Orden HAC/350/2019, de 5 de marzo.
Artículo 1▾
EliminadoLos obligados al pago, salvo aquellos a los que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, podrán utilizar la domiciliación bancaria como medio de pago de las deudas resultantes de:
Eliminadoa) Las autoliquidaciones que se relacionan en el Anexo I, siempre que la presentación de las mismas se lleve a cabo por vía telemática a través de la Oficina Virtual de la dirección electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (www.agenciatributaria.es).
Antesb) Los aplazamientos y fraccionamientos de pago concedidos por los órganos competentes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
AhoraLos obligados al pago podrán utilizar la domiciliación bancaria como medio de pago de las deudas resultantes de:
Párrafo añadido
a) Las autoliquidaciones que se relacionan en el anexo I, siempre que la presentación de las mismas se lleve a cabo por vía telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (https://www.agenciatributaria.gob.es).
Párrafo añadido
b) Los aplazamientos y fraccionamientos de pago concedidos por los órganos competentes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o por los de las Delegaciones de Economía y Hacienda.
Artículo 2▾
Eliminadoa) Ser de titularidad del obligado al pago.
Antesb) Tratarse de una cuenta a la vista o de una libreta de ahorro que admita la domiciliación de pagos.
Ahoraa) Ser de titularidad del obligado al pago. En todo caso, el titular deberá estar identificado en la cuenta mediante un número de identificación proporcionado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Párrafo añadido
En los supuestos en los que la deuda domiciliada corresponda a declaraciones anuales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, será suficiente que la cuenta de domiciliación sea de titularidad de cualquiera de los declarantes.
Párrafo añadido
En aquellos casos en los que la deuda domiciliada corresponda a una autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, modelo 210, la cuenta designada deberá ser de titularidad de la persona que realiza la autoliquidación.
Párrafo añadido
b) Tratarse de una cuenta a la vista o de ahorro que admita la domiciliación de pagos.
Párrafo añadido
Los obligados a los que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria podrán domiciliar el pago de las deudas a las que se refiere el artículo 1 de la presente Orden, siempre que lo contemple el contrato de apertura de la cuenta designada al efecto y ésta reúna todos los requisitos anteriormente enumerados y, en particular, el que se refiere a la titularidad.
Artículo 3▾
Eliminado2. Procedimiento y plazos.–Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Orden respecto al pago del segundo plazo de la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la domiciliación de las deudas tributarias resultantes de autoliquidaciones deberá ordenarse al tiempo de efectuar la presentación de la autoliquidación a través de la Oficina Virtual de la dirección electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y en el plazo que a tal efecto se recoge en el Anexo II, salvo que la normativa reguladora de cada tributo establezca otros plazos diferentes.
EliminadoEn todo caso, la orden de domiciliación deberá referirse al importe total que resulte a ingresar de la autoliquidación que corresponda.
EliminadoPara la realización de esta operación se exigirá al presentador, en todo caso, sistema de firma electrónica.
EliminadoEn aquellos casos en los que la presentación telemática de la declaración con orden de domiciliación fuera aceptada, la Agencia Estatal de Administración Tributaria confirmará en pantalla este extremo al presentador y le mostrará los datos de la misma, haciendo constar, además de la fecha y la hora de la presentación, un código electrónico de 16 caracteres y la codificación de la cuenta consignada para el adeudo del importe domiciliado.
EliminadoEl presentador deberá conservar el mensaje de aceptación, que servirá de acreditación tanto de la presentación de la declaración como de la orden de domiciliación.
AntesEn el supuesto de que la presentación telemática de la declaración con orden de domiciliación fuera rechazada a través de la Oficina Virtual de la dirección electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se mostrará en pantalla al presentador la descripción de los errores detectados, con el fin de que pueda llevar a cabo la posterior subsanación de los mismos.
Ahora2. Procedimiento y plazos. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Orden respecto al pago del segundo plazo de la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la domiciliación de las deudas tributarias resultantes de autoliquidaciones deberá ordenarse al tiempo de efectuar la presentación de la autoliquidación a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en los siguientes plazos, salvo que la normativa reguladora de cada tributo establezca otros plazos diferentes:
Párrafo añadido
a) Con carácter general, en el plazo que a tal efecto se recoge en el anexo II, de la presente Orden.
Párrafo añadido
b) No obstante, cuando el último día del plazo para la presentación de una autoliquidación, de acuerdo con lo establecido por su normativa reguladora, sea inhábil, el plazo de domiciliación establecido en el anexo II, se ampliará el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de la autoliquidación correspondiente.
Artículo 4 bis▾
Artículo nuevo
Artículo 4 bis. Domiciliaciones de aplazamientos y fraccionamientos concedidos por las Delegaciones de Economía y Hacienda.
Tratándose de aplazamientos o fraccionamientos de deudas no tributarias concedidos por las Delegaciones de Economía y Hacienda, las referencias hechas en los artículos 2, 3, 4 y 6 y en la disposición transitoria única de esta orden a la Agencia Estatal de Administración Tributaria se entenderán realizadas a las Delegaciones de Economía y Hacienda.
Asimismo, las referencias hechas a la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se entenderán realizadas a la subsede electrónica de la Intervención General de la Administración del Estado (https://sedeminhap.gob.es/es-ES/sedes/IGAE/Paginas/default.aspx.). También podrá utilizarse la vía presencial a través de los registros regulados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Queda excluida la vía telefónica en estos supuestos.
Artículo 5▸
Eliminado1. Ficheros de domiciliaciones.–La Agencia Estatal de Administración Tributaria generará, para cada Entidad colaboradora, un fichero con las domiciliaciones ordenadas en cuentas abiertas en ella.
AntesDichos ficheros se ajustarán a las especificaciones técnicas que se recogen en el Anexo III (autoliquidaciones) y en el Anexo IV (aplazamientos y fraccionamientos).
Ahora1. Ficheros de domiciliaciones. La Agencia Estatal de Administración Tributaria generará, para cada Entidad colaboradora, un fichero con las domiciliaciones ordenadas en cuentas abiertas en ella.
Párrafo añadido
Dichos ficheros se ajustarán a las especificaciones técnicas que se recogen en el anexo III (autoliquidaciones) y en el anexo IV (aplazamientos y fraccionamientos).
Antes2. Adeudo en la cuenta del obligado al pago.–El día del vencimiento que en cada caso corresponda, la Entidad colaboradora efectuará el cargo de los importes domiciliados en las cuentas de los respectivos obligados al pago y abonará inmediatamente los mismos en la cuenta restringida para la recaudación de tributos que corresponda, salvo que la cuenta designada por el obligado no cumpla alguno de los requisitos establecidos en el artículo 2 de la presente Orden o en ella no exista el día del vencimiento saldo disponible suficiente para atender al pago íntegro del importe domiciliado.
Ahora2. Adeudo en la cuenta del obligado al pago. El día del vencimiento que en cada caso corresponda, la Entidad colaboradora efectuará el cargo de los importes domiciliados en las cuentas de los respectivos obligados al pago y abonará inmediatamente los mismos en la cuenta restringida para la recaudación de tributos que corresponda, salvo que la cuenta designada por el obligado no cumpla alguno de los requisitos establecidos en el artículo 2 de la presente Orden o en ella no exista el día del vencimiento saldo disponible suficiente para atender al pago íntegro del importe domiciliado.
AntesAsimismo, el adeudo de los importes domiciliados deberá realizarse por la Entidad colaboradora en la misma cuenta que figure en el fichero recibido de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, siendo de exclusiva responsabilidad de la Entidad cualquier incidencia que pudiera producirse por el hecho de que el adeudo se lleve a cabo en una cuenta distinta.
AhoraAsimismo, el adeudo de los importes domiciliados deberá realizarse por la Entidad colaboradora en la misma cuenta que figure en el fichero recibido de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, siendo de exclusiva responsabilidad de la Entidad colaboradora cualquier incidencia que pudiera producirse por el hecho de que el adeudo se lleve a cabo en una cuenta distinta.
Párrafo añadido
La Agencia Estatal de Administración Tributaria no responderá de las incidencias derivadas del hecho de que el adeudo se efectúe en una cuenta que no reúna los requisitos establecidos en el artículo 2 de esta Orden o en la que no exista el día del vencimiento saldo disponible suficiente para atender al pago íntegro del importe domiciliado. Las controversias que puedan surgir en estos supuestos deberán resolverse atendiendo a las estipulaciones contractuales acordadas entre el obligado al pago y la Entidad colaboradora.
Artículo 6▸
AntesUna vez realizado el cargo en la cuenta de domiciliación y, a efectos de justificación del pago, la Entidad colaboradora emitirá y hará llegar al obligado al pago un recibo con el contenido que se recoge en el artículo 3.2 de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
AhoraUna vez realizado el cargo en la cuenta de domiciliación y, a efectos de justificación del pago, la Entidad colaboradora emitirá y hará llegar al obligado al pago un recibo con el contenido que se recoge en el artículo 3.2 de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las Entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Párrafo añadido
d) Que el obligado no hubiera revocado la orden de domiciliación ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria o ante las Delegaciones de Economía y Hacienda o directamente ante la Entidad de crédito en la se encontrase abierta la cuenta designada para el adeudo del importe de la deuda domiciliada.
ANEXO III▸
Eliminado1. Cabecera Entidad Receptora
Eliminado| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 1) |
| --- | --- |
| ENTIDAD RECEPTORA | 4 posiciones numéricas |
| TIPO PRESENTACIÓN | 1 posición alfanumérica (Valor = M) |
| NIF AEAT | 9 posiciones alfanuméricas |
| FECHA ENVÍO | 8 posiciones numéricas(Formato AAAAMMDD) |
| LIBRE | 227 posiciones alfanuméricas |
Eliminado2. Cabecera Entidad Colaboradora
Eliminado| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 2) |
| --- | --- |
| ENTIDAD COLABORADORA | 4 posiciones numéricas |
| TIPO PRESENTACIÓN | 1 posición alfanumérica (Valor = M) |
| NIF AEAT | 9 posiciones alfanuméricas |
| FECHA ENVÍO | 8 posiciones numéricas(Formato AAAAMMDD) |
| LIBRE | 227 posiciones alfanuméricas |
Eliminado3. Cabecera Entidad Colaboradora y vencimiento
Antes| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 3) |
| --- | --- |
| ENTIDAD COLABORADORA | 4 posiciones numéricas |
| TIPO PRESENTACIÓN | 1 posición alfanumérica (Valor = M) |
| NIF AEAT | 9 posiciones alfanuméricas |
| FECHA ENVÍO | 8 posiciones numéricas(Formato AAAAMMDD) |
| FECHA VENCIMIENTO | 8 posiciones numéricas(Formato AAAAMMDD) |
| LIBRE | 219 posiciones alfanuméricas |
Ahora1. Cabecera Entidad receptora
Párrafo añadido
| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 1) |
| --- | --- |
| ENTIDAD RECEPTORA | 4 posiciones numéricas |
| TIPO PRESENTACIÓN | 1 posición alfanumérica (Valor = M) |
| NIF AEAT | 9 posiciones alfanuméricas |
| FECHA ENVÍO | 8 posiciones numéricas (Formato AAAAMMDD) |
| LIBRE | 227 posiciones alfanuméricas |
Párrafo añadido
2. Cabecera Entidad colaboradora
Párrafo añadido
| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 2) |
| --- | --- |
| ENTIDAD COLABORADORA | 4 posiciones numéricas |
| TIPO PRESENTACIÓN | 1 posición alfanumérica (Valor = M) |
| NIF AEAT | 9 posiciones alfanuméricas |
| FECHA ENVÍO | 8 posiciones numéricas (Formato AAAAMMDD) |
| LIBRE | 227 posiciones alfanuméricas |
Párrafo añadido
3. Cabecera Entidad colaboradora y vencimiento
Párrafo añadido
| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 3) |
| --- | --- |
| ENTIDAD COLABORADORA | 4 posiciones numéricas |
| TIPO PRESENTACIÓN | 1 posición alfanumérica (Valor = M) |
| NIF AEAT | 9 posiciones alfanuméricas |
| FECHA ENVÍO | 8 posiciones numéricas (Formato AAAAMMDD) |
| FECHA VENCIMIENTO | 8 posiciones numéricas (Formato AAAAMMDD) |
| LIBRE | 219 posiciones alfanuméricas |
Eliminado| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 4) |
| --- | --- |
| NIF PRIMER DECLARANTE | 9 posiciones alfanuméricas |
| ANAGRAMA | 4 posiciones alfanuméricas |
| APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PRIMER DECLARANTE | 40 posiciones alfanuméricas |
| NIF SEGUNDO DECLARANTE | 9 posiciones alfanuméricas |
| APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL SEGUNDO DECLARANTE | 40 posiciones alfanuméricas |
| CÓDIGO ADMINISTRACIÓN FISCAL | 5 posiciones numéricas |
| MODELO | 3 posiciones numéricas |
| EJERCICIO FISCAL | 4 posiciones numéricas |
| PERÍODO | 2posiciones alfanuméricas. |
| JUSTIFICANTE | 13 posiciones numéricas |
| IMPORTE A PAGAR | 13 posiciones numéricas (11 enteros y 2 decimales) |
| IMPORTE TOTAL DECLARACIÓN (*) | 13 posiciones numéricas(11 enteros y 2 decimales) |
| OPCIÓN FRACCIONAMIENTO (*) | 1 posición numérica (1=no fracciona, 2=fracciona y no domicilia, 3= fracciona y domicilia 2º plazo) |
| CÓDIGO CUENTA CARGO (CCC) | 20 posiciones numéricas |
| NIF PRESENTADOR/ASESOR | 9 posiciones alfanuméricas |
| NOMBRE/RAZÓN SOCIAL PRESENTADOR | 40 posiciones alfanuméricas |
| FORMA DE PAGO (**) | 1 posición numérica (0=cargo CCC obligado tributario; 1=cargo CCC presentador/asesor) |
| LIBRE | 23 posiciones alfanuméricas |
Eliminado5. Fin Entidad Colaboradora y vencimiento
Eliminado| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 5) |
| --- | --- |
| ENTIDAD COLABORADORA | 4 posiciones numéricas |
| NUMERO TOTAL REGISTROS | 6 posiciones num. (Registros tipos 3, 4 y 5) |
| TOTAL IMPORTES A PAGAR | 13 posiciones num. (11 enteros y 2 decimales) |
| LIBRE | 226 posiciones alfanuméricas |
Eliminado6. Fin Entidad Colaboradora
Eliminado| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 6) |
| --- | --- |
| ENTIDAD COLABORADORA | 4 posiciones numéricas |
| NÚMERO TOTAL REGISTROS | 6 posiciones numéricas (Registros tipos 2, 3, 4, 5 y 6) |
| TOTAL IMPORTES A PAGAR | 13 posiciones num. (11 enteros y 2 decimales) |
| LIBRE | 226 posiciones alfanuméricas |
Eliminado7. Fin Entidad Receptora
Antes| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 7) |
| --- | --- |
| ENTIDAD RECEPTORA | 4 posiciones numéricas |
| NÚMERO ENTIDADES COLABORADORAS | 2 posiciones numéricas |
| NÚMERO TOTAL REGISTROS | 7 posiciones numéricas (Registros tipos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7) |
| LIBRE | 236 posiciones alfanuméricas |
Ahora| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 4) |
| --- | --- |
| NIF PRIMER DECLARANTE | 9 posiciones alfanuméricas |
| ANAGRAMA | 4 posiciones alfanuméricas |
| APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PRIMER DECLARANTE | 40 posiciones alfanuméricas |
| NIF SEGUNDO DECLARANTE | 9 posiciones alfanuméricas |
| APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL SEGUNDO DECLARANTE | 40 posiciones alfanuméricas |
| CÓDIGO ADMINISTRACIÓN FISCAL | 5 posiciones numéricas |
| MODELO | 3 posiciones numéricas |
| EJERCICIO FISCAL | 4 posiciones numéricas |
| PERÍODO | 2 posiciones alfanuméricas. |
| JUSTIFICANTE | 13 posiciones numéricas |
| IMPORTE A PAGAR | 13 posiciones numéricas (11 enteros y 2 decimales) |
| IMPORTE TOTAL DECLARACIÓN (*) | 13 posiciones numéricas(11 enteros y 2 decimales) |
| OPCIÓN FRACCIONAMIENTO (*) | 1 posición numérica (1=no fracciona, 2=fracciona y no domicilia, 3= fracciona y domicilia 2.º plazo) |
| CÓDIGO CUENTA CARGO (CCC) | 20 posiciones numéricas |
| NIF PRESENTADOR/ASESOR | 9 posiciones alfanuméricas (irá relleno a blancos). |
| NOMBRE/RAZÓN SOCIAL PRESENTADOR | 40 posiciones alfanuméricas (irá relleno a blancos). |
| FORMA DE PAGO (**) | 1 posición numérica (0=cargo CCC obligado tributario; 1=cargo CCC presentador/asesor) |
| IBAN | 4 posiciones alfanuméricas |
| LIBRE | 19 posiciones alfanuméricas |
Antes(**) Tendrá el valor «0» mientras no se autorice expresamente la domiciliación en cuentas que no sean de titularidad del obligado al pago.
Ahora(**) Tendrá el valor "0" mientras no se autorice expresamente la domiciliación en cuentas que no sean de titularidad del obligado al pago.
Párrafo añadido
5. Fin Entidad colaboradora y vencimiento
Párrafo añadido
| Tipo registro. | 1 posición alfanumérica (Valor = 5). |
| --- | --- |
| Entidad colaboradora. | 4 posiciones numéricas. |
| Numero total registros. | 8 posiciones num. (Registros tipos 3, 4 y 5). |
| Total importes a pagar. | 13 posiciones num. (11 enteros y 2 decimales). |
| Libre. | 224 posiciones alfanuméricas. |
Párrafo añadido
6. Fin Entidad colaboradora
Párrafo añadido
| Tipo registro. | 1 posición alfanumérica (Valor = 6). |
| --- | --- |
| Entidad colaboradora. | 4 posiciones numéricas. |
| Número total registros. | 8 posiciones numéricas (Registros tipos 2, 3, 4, 5 y 6). |
| Total importes a pagar. | 13 posiciones num. (11 enteros y 2 decimales). |
| Libre. | 224 posiciones alfanuméricas. |
Párrafo añadido
7. Fin Entidad receptora
Párrafo añadido
| Tipo registro. | 1 posición alfanumérica (Valor = 7). |
| --- | --- |
| Entidad receptora. | 4 posiciones numéricas. |
| Número entidades colaboradoras. | 2 posiciones numéricas. |
| Número total registros. | 9 posiciones numéricas (Registros tipos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7). |
| Libre. | 234 posiciones alfanuméricas. |
ANEXO IV▸
Antes1. Cabecera Entidad Receptora
Ahora1. Cabecera Entidad receptora
Eliminado2. Cabecera Entidad Colaboradora
Eliminado| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 2) |
| --- | --- |
| ENTIDAD COLABORADORA | 4 posiciones numéricas |
| TIPO PRESENTACIÓN | 1 posición alfanumérica (Valor = A) |
| NIF AEAT | 9 posiciones alfanuméricas |
| FECHA ENVÍO | 8 posiciones numéricas(Formato AAAAMMDD) |
| LIBRE | 477 posiciones |
Antes3. Cabecera Entidad Colaboradora y vencimiento
Ahora2. Cabecera Entidad colaboradora
Párrafo añadido
| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 2) |
| --- | --- |
| ENTIDAD COLABORADORA | 4 posiciones numéricas |
| TIPO PRESENTACIÓN | 1 posición alfanumérica (Valor = A) |
| NIF AEAT | 9 posiciones alfanuméricas |
| FECHA ENVÍO | 8 posiciones numéricas (Formato AAAAMMDD) |
| LIBRE | 477 posiciones |
Párrafo añadido
3. Cabecera Entidad colaboradora y vencimiento
Eliminado| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 4) |
| --- | --- |
| NÚMERO DE SECUENCIA | 7 posiciones numéricas |
| ORGANISMO EMISOR | 7 posiciones numéricas |
| NIF CONTRIBUYENTE | 9 posiciones alfanuméricas |
| APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL | 40 posiciones alfanuméricas |
| DOMICILIO CONTRIBUYENTE | 40 posiciones alfanuméricas |
| CÓDIGO POSTAL | 5 posiciones numéricas |
| MUNICIPIO | 12 posiciones alfanuméricas |
| NÚMERO DE EXPEDIENTE | 20 posiciones alfanuméricas |
| NÚMERO DE JUSTIFICANTE | 13 posiciones: 12 posiciones numéricas 1 posición alfanumérica |
| CLAVE DE LIQUIDACIÓN | 20 posiciones alfanuméricas |
| NÚMERO DE REFERENCIA | 12 posiciones numéricas |
| CÓDIGO DE PLAZO | 2 posiciones numéricas |
| IMPORTE DEL PLAZO | 13 posiciones num.(11 enteros y 2 decimales) |
| IMPORTE DE LOS INTERESES | 13 posiciones num.(11 enteros y 2 decimales) |
| IMPORTE DE TOTAL A INGRESAR | 13 posiciones num.(11 enteros y 2 decimales) |
| CÓDIGO CUENTA CARGO (CCC) | 20 posiciones numéricas |
| NIF PRESENTADOR/ASESOR | 9 posiciones numéricas |
| NOMBRE/RAZÓN SOCIAL PRESENTADOR | 40 posiciones alfanuméricas |
| FORMA DE PAGO (*) | 1 posición numérica (0=cargo CCC deudor; 1=cargo CCC presentador/colaborador social) |
| LIBRE | 203 posiciones |
Eliminado5. Fin Entidad Colaboradora y vencimiento
Eliminado| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 5) |
| --- | --- |
| ENTIDAD COLABORADORA | 4 posiciones numéricas |
| NÚMERO TOTAL REGISTROS | 6 posiciones num. (Reg. Tipo 3, 4 y 5) |
| TOTAL IMPORTES A PAGAR | 13 posiciones num. (11 enteros y 2 decimales) |
| LIBRE | 476 posiciones |
Eliminado6. Fin Entidad Colaboradora
Eliminado| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 6) |
| --- | --- |
| ENTIDAD COLABORADORA | 4 posiciones numéricas |
| NÚMERO TOTAL REGISTROS | 6 posiciones num.(Reg. Tipo 2, 3, 4, 5 y 6) |
| TOTAL IMPORTES A PAGAR | 13 posiciones num. (11 enteros y 2 decimales) |
| LIBRE | 476 posiciones |
Eliminado7. Fin Entidad Receptora
Eliminado| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 7) |
| --- | --- |
| ENTIDAD RECEPTORA | 4 posiciones numéricas |
| NÚMERO ENTIDADES COLABORADORAS | 2 posiciones numéricas |
| NÚMERO TOTAL REGISTROS | 7 posiciones numéricas (Reg. Tipo 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7) |
| LIBRE | 486 posiciones |
Antes(*) Tendrá el valor «0» mientras no se autorice expresamente la domiciliación en cuentas que no sean de titularidad del deudor.
Ahora| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 4) |
| --- | --- |
| NÚMERO DE SECUENCIA | 7 posiciones numéricas |
| ORGANISMO EMISOR | 7 posiciones numéricas |
| NIF CONTRIBUYENTE | 9 posiciones alfanuméricas |
| APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL | 40 posiciones alfanuméricas |
| DOMICILIO CONTRIBUYENTE | 40 posiciones alfanuméricas |
| CÓDIGO POSTAL | 5 posiciones numéricas |
| MUNICIPIO | 12 posiciones alfanuméricas |
| NÚMERO DE EXPEDIENTE | 20 posiciones alfanuméricas |
| NÚMERO DE JUSTIFICANTE | 13 posiciones: 12 posiciones numéricas 1 posición alfanumérica |
| CLAVE DE LIQUIDACIÓN | 20 posiciones alfanuméricas |
| NÚMERO DE REFERENCIA | 12 posiciones numéricas |
| CÓDIGO DE PLAZO | 2 posiciones numéricas |
| IMPORTE DEL PLAZO | 13 posiciones num.(11 enteros y 2 decimales) |
| IMPORTE DE LOS INTERESES | 13 posiciones num.(11 enteros y 2 decimales) |
| IMPORTE DE TOTAL A INGRESAR | 13 posiciones num.(11 enteros y 2 decimales) |
| CÓDIGO CUENTA CARGO (CCC) | 20 posiciones numéricas |
| NIF PRESENTADOR/ASESOR | 9 posiciones numéricas (irá relleno a blancos). |
| NOMBRE/RAZÓN SOCIAL PRESENTADOR | 40 posiciones alfanuméricas (irá relleno a blancos). |
| FORMA DE PAGO (*) | 1 posición numérica (0=cargo CCC deudor; 1=cargo CCC presentador/colaborador social) |
| IBAN | 4 posiciones alfanuméricas |
| MODELO | 3 posiciones numéricas (002, 069) |
| LIBRE | 196 posiciones |
Párrafo añadido
(*) Tendrá el valor "0" mientras no se autorice expresamente la domiciliación en cuentas que no sean de titularidad del obligado al pago.
Párrafo añadido
El código IBAN (ESXX) irá en las posiciones 298 a la 301 (ambas incluidas).
Párrafo añadido
5. Fin Entidad colaboradora y vencimiento
Párrafo añadido
| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 5) |
| --- | --- |
| ENTIDAD COLABORADORA | 4 posiciones numéricas |
| NUMERO TOTAL REGISTROS | 6 posiciones num. (Registros tipos 3, 4 y 5) |
| TOTAL IMPORTES A PAGAR | 13 posiciones num. (11 enteros y 2 decimales) |
| LIBRE | 476 posiciones |
Párrafo añadido
6. Fin Entidad colaboradora
Párrafo añadido
| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 6) |
| --- | --- |
| ENTIDAD COLABORADORA | 4 posiciones numéricas |
| NÚMERO TOTAL REGISTROS | 6 posiciones numéricas (Registros tipos 2, 3, 4, 5 y 6) |
| TOTAL IMPORTES A PAGAR | 13 posiciones num. (11 enteros y 2 decimales) |
| LIBRE | 476 posiciones |
Párrafo añadido
7. Fin Entidad receptora
Párrafo añadido
| TIPO REGISTRO | 1 posición alfanumérica (Valor = 7) |
| --- | --- |
| ENTIDAD RECEPTORA | 4 posiciones numéricas |
| NÚMERO ENTIDADES COLABORADORAS | 2 posiciones numéricas |
| NÚMERO TOTAL REGISTROS | 7 posiciones numéricas (Registros tipos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7) |
| LIBRE | 486 posiciones |