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30 dic 2019

Ley 4/2017, de 3 de febrero, por la que se crea la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias

Qué ha cambiado (9 artículos)

Artículo 2
Antes1. La AVSRE queda adscrita orgánicamente al departamento del Consell con competencias en materia de seguridad y gestión de las emergencias, a través de la dirección general con atribuciones en estas materias, la cual ejercerá las facultades de superior dirección, control y tutela que le atribuyan esta ley y el resto del ordenamiento jurídico.
Ahora1. La AVSRE queda adscrita orgánicamente al departamento del Consell con competencias en materia de seguridad y gestión de las emergencias, a través de la secretaría autonómica con atribuciones en estas materias, la cual ejercerá las facultades que le atribuyan esta ley y el resto del ordenamiento jurídico.
Artículo 5
Eliminadoa) El Consejo de Dirección de la AVSRE.
Antesb) La Dirección de la AVSRE.
Ahoraa) El Consejo de Dirección de la AVSRE
Párrafo añadido
b) La Presidencia de la AVSRE
Párrafo añadido
c) La Dirección de la AVSRE
Artículo 6
Eliminado1. El Consejo de Dirección de la AVSRE está formado por la Presidencia, dos vicepresidencias y por los vocales.
Antesa) La Presidencia del Consejo de Dirección la asumirá la persona titular de la conselleria competente en materia de justicia.
Ahora1. El Consejo de Dirección de la AVSRE está formado por la Presidencia, dos vicepresidencias y veinte vocales.
Párrafo añadido
a) La Presidencia de la Agencia y del Consejo de Dirección la asumirá la persona titular de la conselleria competente en materia de seguridad y emergencias.
Antesc) La Vicepresidencia II corresponderá a la persona que ostente la titularidad de la dirección general competente en materia de seguridad y emergencias.
Ahorac) La Vicepresidencia II corresponderá a la persona que ostente la titularidad de la Secretaría Autonómica competente en materia de seguridad y emergencias.
Antes– La persona titular de la Subsecretaría de la Presidencia de la Generalitat, o en su caso, de la conselleria competente en materia de seguridad y atención a las emergencias.
Ahora– La persona titular de la subsecretaría de la conselleria competente en materia de seguridad y emergencias.
Antes2. Las personas que ostenten el cargo de vocales serán nombradas y separadas por el Consell a propuesta de la persona que ostente la Presidencia de la Generalitat. Sin perjuicio de las personas que ostenten la condición de miembros del Consejo por razón de su cargo, se procurará que en la parte más flexible de la composición se compense para llegar al equilibrio entre los géneros. En todo caso, se tenderá a la composición equilibrada en la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento.
Ahora2. Las personas que ostenten el cargo de vocales serán nombradas y separadas por el Consell a propuesta de la persona titular de la conselleria competente en materia de seguridad y emergencia. Sin perjuicio de las personas que ostenten la condición de miembros del Consejo por razón de su cargo, se procurará que en la parte más flexible de la composición se compense para llegar al equilibrio entre los géneros. En todo caso, se tenderá a la composición equilibrada en la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento.
Eliminadoa) La persona que ostente la dirección del AVSRE.
Eliminadob) La persona titular de la Subsecretaría de la Presidencia o, en su caso, de la conselleria competente en materia de seguridad y emergencias.
Eliminadoc) Una persona representante, con categoría, por lo menos, de director o directora general, de la conselleria competente en materia de prevención de incendios forestales.
Eliminadod) La persona que ostente la prefectura de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunitat Valenciana.
Antese) Un representante de los diputados delegados o las diputadas delegadas de los consorcios provinciales de bomberos de la Comunitat Valenciana.
Ahoraa) La persona que ostente la Presidencia de la AVSRE.
Párrafo añadido
b) La persona que ostente la dirección de la AVSRE.
Párrafo añadido
c) La persona titular de la Subsecretaría de la conselleria competente en materia de seguridad y emergencias.
Párrafo añadido
d) Una persona representante, con categoría, por lo menos, de director o directora general, de la conselleria competente en materia de prevención de incendios forestales.
Párrafo añadido
e) La persona que ostente la Jefatura de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunitat Valenciana.
Párrafo añadido
f) Un representante de los diputados delegados o las diputadas delegadas de los consorcios provinciales de bomberos de la Comunitat Valenciana.
Artículo 7
Antesb) Aprobar anualmente la propuesta de anteproyecto de presupuestos del organismo autónomo para su elevación al presidente o a la presidenta de la Generalitat, o, en su caso, a la persona titular de la conselleria competente en materia de seguridad y gestión de las emergencias.
Ahorab) (Se deja sin contenido)
Eliminadoe) Proponer al órgano competente la adquisición o disposición de bienes inmuebles que puedan ser afectos o adscritos a la AVSRE.
Eliminadof) Proponer la aprobación, en su caso, de las tasas y precios públicos de las actividades a realizar por la AVSRE.
Antesg) Sin perjuicio de recabar otras autorizaciones, le corresponde autorizar al director o a la directora de la AVSRE la firma de convenios de colaboración y conciertos con otras entidades y organismos.
Ahorae) (Se deja sin contenido)
Párrafo añadido
f) (Se deja sin contenido)
Párrafo añadido
g) (Se deja sin contenido)
Antesi) Proponer al Consell, a través de la persona titular del departamento del Consell competente en materia de seguridad y gestión de las emergencias, la aprobación del reglamento orgánico y funcional de la AVSRE.
Ahorai) (Se deja sin contenido)
Artículo 9
Antes5. La Comisión Permanente del Consejo de Dirección se reunirá siempre que resulte necesario para el adecuado ejercicio de sus funciones, a convocatoria de la persona que ostente la Dirección de la AVSRE, que la presidirá, o sea requerida por, al menos, dos de sus miembros.
Ahora5. La Comisión Permanente del Consejo de Dirección se reunirá siempre que resulte necesario para el adecuado ejercicio de sus funciones, a convocatoria de la persona que ostente la Presidencia de la AVSRE, que la presidirá, o sea requerida por, al menos, dos de sus miembros.
CAPÍTULO III
AntesLa Dirección de la AVSRE
AhoraDe la Presidencia y Dirección de la AVSRE
Artículo 10
EliminadoArtículo 10. Nombramiento de la persona titular de la Dirección de la AVSRE
AntesLa persona titular de la dirección general con competencias en materia de seguridad y respuesta a las emergencias ostentará la Dirección de la AVSRE.
AhoraArtículo 10. Nombramiento de la persona titular de la dirección de la AVSRE.
Párrafo añadido
La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de seguridad y respuesta a las emergencias ostentará la dirección de la AVSRE.
Artículo 11
EliminadoArtículo 11. Atribuciones de la persona titular de la Dirección de la AVSRE
Eliminado1. Corresponden a la persona titular de la Dirección de la AVSRE las siguientes atribuciones:
Eliminadoa) Ejercer la función de representación ordinaria de la AVSRE, incluida la representación judicial y extrajudicial de la misma en toda clase de actuaciones, y otorgar los poderes y mandatos para el ejercicio de dicha representación.
Eliminadob) Asumir la máxima responsabilidad del funcionamiento de los servicios que integran la AVSRE, ejerciendo la dirección, gestión, inspección y organización interna de la totalidad de las actividades, órganos, centros, equipos e instalaciones de la AVSRE, impartiendo para ello las correspondientes instrucciones.
Eliminadoc) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Dirección de la AVSRE.
Eliminadod) Elaborar la memoria anual de la AVSRE y los programas de actuación de la misma.
Eliminadoe) Formular la propuesta de anteproyecto de presupuestos de gastos e ingresos de la AVSRE para su aprobación por el Consejo de Dirección de la AVSRE.
Eliminadof) La gestión económica y presupuestaria del presupuesto de la AVSRE, autorizando, disponiendo y reconociendo obligaciones económicas, así como ordenando pagos conforme a lo establecido en la normativa vigente en materia de hacienda pública.
Eliminadog) Ejercer la jefatura del personal adscrito a la AVSRE, gestionando de forma integrada los recursos humanos, materiales y económicos, con objeto de prestar unos servicios eficientes y de calidad.
Eliminadoh) Proponer las convocatorias de concursos para la provisión de jefaturas de unidades administrativas del organismo autónomo, así como las convocatorias públicas para la provisión de puestos por libre designación.
Eliminadoi) Formular las propuestas en materia de relaciones de puestos de trabajo y oferta de empleo público de la AVSRE.
Eliminadoj) Incoar expedientes disciplinarios por la comisión de faltas leves, graves y muy graves y ejercer la potestad disciplinaria salvo cuando la sanción a imponer sea la separación del servicio en el supuesto de que el personal sujeto a expediente sea funcionario.
Eliminadok) Velar por la mejora de los métodos de trabajo, por la introducción de las innovaciones tecnológicas aplicables, por la conservación y mantenimiento de los centros, edificios, instalaciones y equipos, y por la optimización de los ingresos y gastos.
Eliminadol) Ejercer de órgano de contratación de la AVSRE con todas las funciones que le sean inherentes a tal condición de acuerdo con la normativa vigente sobre contratación en el sector público.
Eliminadom) Acordar las encomiendas de gestión que sean necesarias para el cumplimiento de los fines de la AVSRE, cuyo importe sea inferior a diez millones de euros. Para importes superiores se requerirá aprobación del Consell.
Eliminadon) Suscribir los convenios de colaboración y acuerdos de cooperación con otras entidades y organismos para el cumplimiento de los fines que tiene asignados la AVSRE, previa autorización del Consejo de Dirección.
Eliminadoo) Otorgar reconocimientos y felicitaciones en materia de protección civil, atención de emergencias y seguridad, conforme a la normativa vigente.
Eliminadop) Resolver las reclamaciones de responsabilidad patrimonial.
Eliminadoq) Ejercer todas aquellas funciones que, en relación con su cargo, el Consell le encomiende.
Eliminador) Administrar el patrimonio que tenga adscrito la AVSRE.
Eliminados) Adoptar las resoluciones y actuaciones que por motivos de urgencia sean necesarias, que deberán someterse a la ratificación del Consejo de Dirección, de acuerdo con lo previsto en el apartado 2.h del artículo 7.
Eliminadot) Cualesquiera otras que se le atribuyan reglamentariamente o le sean encomendadas.
Eliminado2. En caso de ausencia, vacante o enfermedad, o causa de abstención, las funciones de la dirección se ejercerán por la Vicepresidencia I del Consejo de Dirección.
Antes3. La persona titular de la Dirección de la AVSRE comparecerá ante Les Corts a petición propia o siempre que lo solicite algún grupo parlamentario.
AhoraArtículo 11. Atribuciones de la Presidencia y de la Dirección de la AVSRE.
Párrafo añadido
1. Corresponden a la persona titular de la Presidencia de la AVSRE las siguientes atribuciones:
Párrafo añadido
a) La representación institucional de la Agencia.
Párrafo añadido
b) La firma de los convenios en materias que sean competencia de la Agencia.
Párrafo añadido
c) Aprobar las encomiendas de gestión que sean necesarias para el cumplimiento de los fines de la AVSRE, cuyo importe sea inferior a diez millones de euros. Para importes superiores se requerirá aprobación del Consell.
Párrafo añadido
d) Ejercer las facultades ordinarias en materia de contratación.
Párrafo añadido
e) Proponer las convocatorias públicas y el nombramiento del personal para la provisión de puestos por libre designación.
Párrafo añadido
f) Otorgar reconocimientos y felicitaciones en materia de protección civil, atención de emergencias y seguridad, conforme a la normativa vigente.
Párrafo añadido
g) Proponer modificaciones en la regulación normativa de la Agencia.
Párrafo añadido
h) Aprobar anualmente la propuesta de anteproyecto de presupuestos del organismo autónomo.
Párrafo añadido
i) Proponer al órgano competente de la Generalitat, la adquisición o la disposición de bienes inmuebles que puedan ser afectos o adscritos a la AVSRE.
Párrafo añadido
j) Proponer la aprobación, en su caso, de las tasas y precios públicos de las actividades que tiene que realizar la AVSRE.
Párrafo añadido
k) Cualesquiera otras que se le atribuyan reglamentariamente.
Párrafo añadido
2. Corresponden a la persona titular de la Dirección de la AVSRE las siguientes atribuciones:
Párrafo añadido
a) Ejercer la función de representación ordinaria de la AVSRE, incluida la representación judicial y extrajudicial de la misma en toda clase de actuaciones, y otorgar los poderes y mandatos para el ejercicio de esa representación.
Párrafo añadido
b) La responsabilidad ordinaria del funcionamiento de los servicios que integren la AVSRE, ejecutando y haciendo cumplir las instrucciones de la presidencia respecto a la gestión, inspección y organización interna de la totalidad de las actividades, órganos, centros, equipos e instalaciones de la AVSRE.
Párrafo añadido
c) Ejercer la jefatura del personal adscrito a la AVSRE, gestionando de forma integrada los recursos humanos, materiales y económicos, a fin de prestar unos servicios eficientes y de calidad.
Párrafo añadido
d) Proponer las convocatorias de concursos para la provisión de jefaturas de unidad administrativa del organismo autónomo.
Párrafo añadido
e) Formular las propuestas en materia de relaciones de puestos de trabajo y oferta de empleo público de la AVSRE.
Párrafo añadido
f) Elaborar la memoria anual de la AVSRE y los programas de actuación de la misma.
Párrafo añadido
g) Formular la propuesta de anteproyecto de presupuestos de gastos e ingresos de la AVSRE.
Párrafo añadido
h) La gestión económica y presupuestaria del presupuesto de la AVSRE, autorizando, disponiendo y reconociendo obligaciones económicas, así como ordenando pagos conforme a lo establecido en la normativa vigente en materia de hacienda pública.
Párrafo añadido
i) Incoar expedientes disciplinarios por la comisión de faltas leves, graves y muy graves y ejercer la potestad disciplinaria salvo cuando la sanción a imponer sea la separación del servicio en el supuesto de que el personal sujeto a expediente sea funcionario.
Párrafo añadido
j) Velar por la mejora de los métodos de trabajo, por la introducción de las innovaciones tecnológicas aplicables, por la conservación y mantenimiento de los centros, edificios, instalaciones y equipos, y por la optimización de los ingresos y gastos.
Párrafo añadido
k) Resolver las reclamaciones de responsabilidad patrimonial.
Párrafo añadido
l) Administrar el patrimonio que tenga adscrito la AVSRE.
Párrafo añadido
m) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Dirección de la AVSRE.
Párrafo añadido
n) Adoptar las resoluciones y actuaciones que por motivos de urgencia sean necesarias, que deberán someterse a la ratificación del Consejo de Dirección, de acuerdo con lo previsto en el apartado 2.h del artículo 7.
Párrafo añadido
o) Cualesquiera otras que le atribuyan reglamentariamente.
Párrafo añadido
3. En caso de ausencia, vacante o enfermedad de la persona titular de la Presidencia, sus funciones las ejercerá la persona titular de la dirección de la Agencia.
Párrafo añadido
4. La persona titular de la Presidencia de la AVSRE comparecerá ante les Corts a petición propia o siempre que lo solicite algún grupo parlamentario.
Artículo 12
EliminadoArtículo 12. Delegación de atribuciones de la persona titular de la Dirección de la AVSRE.
AntesLa Dirección de la AVSRE podrá delegar el ejercicio de alguna de sus atribuciones en otros órganos de conformidad con lo establecido en la legislación vigente, excepto las previstas en las letras b y g del apartado primero del artículo anterior.
AhoraArtículo 12. Delegación de atribuciones de la Presidencia y de la Dirección de la AVSRE.
Párrafo añadido
La Presidencia y la Dirección de la AVSRE podrán delegar el ejercicio de alguna de sus atribuciones en otros órganos de conformidad con lo que se establece en la legislación vigente.