← Volver
31 dic 2019
Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria
Ley · En vigor · Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 54▾
Antesd) No podrán servir para crear o incrementar dotaciones que den cobertura a subvenciones o aportaciones nominativas, salvo que estas deriven de norma con rango de ley o se trate de subvenciones o aportaciones a los entes que conforman el sector público autonómico según se establece en el artículo 2 de esta ley, así como a los entes que tengan la consideración de unidades públicas clasificadas dentro del subsector de Administración regional de la Comunidad Autónoma de Canarias de acuerdo con la definición y delimitación del sistema europeo de cuentas nacionales y regionales.
Ahorad) No podrán servir para crear o incrementar dotaciones que den cobertura a subvenciones o aportaciones nominadas, salvo que estas deriven de norma con rango de ley o se trate de subvenciones o aportaciones a los entes que conforman el sector público autonómico según se establece en el artículo 2 de esta ley, así como a los entes que tengan la consideración de unidades públicas clasificadas dentro del subsector de Administración regional de la Comunidad Autónoma de Canarias de acuerdo con la definición y delimitación del sistema europeo de cuentas nacionales y regionales.