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29 ene 2020

Real Decreto 192/2018, de 6 de abril, por el que se aprueban los estatutos del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 1
Antes1. El Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social es un organismo autónomo de los previstos en el artículo 84.1.a) 1.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social a través de la Subsecretaría del Departamento. Su denominación es organismo autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Ahora1. El Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social es un organismo autónomo de los previstos en el artículo 84.1.a) 1.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito orgánicamente al Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social y funcionalmente a este Ministerio y al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en el ámbito de sus respectivas competencias. Su denominación es organismo autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.