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30 abr 2020

Decreto-ley 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional sexta
Antesb) El 40% en sectores de suelo urbano no consolidado que tengan por objeto la transformación global de los usos principales al uso residencial.
Ahorab) El 40 % en sectores de suelo urbano no consolidado que tengan por objeto la transformación global de los usos principales hacia uso residencial. Este porcentaje puede reducirse hasta el 30 % cuando no pueda garantizarse la viabilidad económico-financiera de las actuaciones.
Antes3. El régimen especial que establece esta disposición es aplicable al planeamiento urbanístico general de los municipios afectados y a sus revisiones y modificaciones, así como a los planes urbanísticos derivados y sus modificaciones, que se aprueben inicialmente transcurrido el plazo de cuarenta y cinco días hábiles contados desde la entrada en vigor del Decreto ley de 23 de diciembre de 2019, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda.
Ahora3. El régimen especial establecido en la presente disposición es aplicable al planeamiento urbanístico general de los municipios afectados y a sus revisiones y modificaciones, así como a los planes urbanísticos derivados y sus modificaciones, que se aprueben inicialmente una vez transcurrido el plazo de cuarenta y cinco días hábiles desde el 31 de diciembre de 2019, fecha de entrada en vigor del presente Decreto ley.