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6 may 2020
Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 19▾
Eliminado| Base de deducción Importe hasta | Porcentaje de deducción |
| --- | --- |
| 150 euros | 75 |
| Resto base de deducción | 30 |
AntesSi en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción en favor de esa misma entidad que exceda de 150 euros, será el 35 por ciento.
Ahora| Base de deducción Importe hasta | Porcentaje de deducción |
| --- | --- |
| 150 euros. | 80 |
| Resto base de deducción. | 35 |
Párrafo añadido
Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción en favor de esa misma entidad que exceda de 150 euros, será el 40 por ciento.