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18 jun 2020
Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social
Decreto urgente · En vigor · Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 32▾
AntesLa Agencia Catalana de la Juventud aprobará una resolución de convocatoria extraordinaria de las ayudas correspondientes al presente capítulo, que fijará los criterios para la selección de los proyectos.
AhoraLa Agencia Catalana de la Juventud aprobará una resolución de convocatoria extraordinaria, en concurrencia competitiva, de las ayudas correspondientes al presente capítulo, la cual debe fijar los criterios para la selección de los proyectos.
Artículo 33▾
AntesLa distribución de personas destinatarias entre las entidades beneficiarias se realizará de acuerdo con los criterios que se establezcan en la resolución de convocatoria, y cada entidad sin ánimo de lucro o empresa podrá seleccionar un máximo de cuatro personas beneficiarias.
AhoraLa distribución de personas destinatarias entre las entidades beneficiarias se realizará de acuerdo con los criterios que se establezcan en la resolución de convocatoria, y cada empresa o entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia podrá seleccionar un máximo de cuatro personas beneficiarias, a excepción de aquellas entidades de educación en el ocio inscritas en el censo de entidades juveniles en el ámbito de actuación “coordinación de entidades”, las cuales podrán seleccionar un máximo de cuatro personas beneficiarias para cada una de sus secciones efectivamente registradas en el censo mencionado.