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29 ago 2020

Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 244
Antesf) La inhabilitación para formalizar contratos y acuerdos de acción concertada con las administraciones públicas de la comunidad autónoma de las Illes Balears por un plazo de uno a cinco años.
Ahoraf) La inhabilitación para formalizar contratos y acuerdos de acción concertada con las administraciones públicas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Párrafo añadido
En el caso de los contratos, la inhabilitación deberá respetar los supuestos expresamente previstos en la normativa estatal de carácter básico o en la normativa europea en materia de contratación.