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7 sep 2020
Ley Foral 16/2006, de 14 de diciembre, del Juego
otro · En vigor · Ley Foral 16/2006, de 14 de diciembre, del Juego
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición transitoria tercera▾
EliminadoHasta el 31 de julio del 2020, o hasta la entrada en vigor de la modificación de la presente ley foral si ésta se produjera con anterioridad, no se admitirán solicitudes de autorización de instalación de nuevos salones de juego, bingos, o locales específicos de apuestas.
AntesIgualmente, no se admitirán solicitudes de consultas previas de viabilidad de autorización, ni solicitudes de instalación de máquinas de juego y máquinas auxiliares de apuestas en los locales citados en el artículo 10 del Decreto Foral 181/1990, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas de Juego.
AhoraDurante el plazo de seis meses contados desde la publicación en el BON de la presente disposición, no se admitirán solicitudes, ni se concederán autorizaciones de explotación de nuevos salones de juego, bingos o locales específicos de apuestas.
Párrafo añadido
Igualmente, no se admitirán solicitudes ni se emitirán resoluciones de consultas previas de viabilidad de autorización.
Párrafo añadido
Tampoco se admitirán nuevas solicitudes, ni se concederán nuevas autorizaciones de explotación de máquinas de juego y máquinas auxiliares de apuestas en los locales citados en el artículo 10 del Decreto Foral 181/1990, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas de Juego, salvo que esta última traiga causa en el cambio de titularidad del local de hostelería.