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4 nov 2020

Decreto-ley 25/2020, de 16 de junio, de medidas extraordinarias en materia social y de carácter fiscal y administrativo

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 7
Antes7.1 El importe máximo correspondiente al otorgamiento de la subvención para la creación de nuevo empleo en el ámbito del trabajo domiciliario de cuidados es de 2.333.333,33 euros de los cuales, 1.400.000,00 euros irán a cargo de las partidas presupuestarias D/480000100/314/0000, D/481000100/314/0000 y D/482000100/314/0000 en la anualidad 2020 y 933.333,33 euros en la anualidad 2021.
Ahora7.1 El importe máximo correspondiente al otorgamiento de la subvención para la creación de nuevo empleo en el ámbito del trabajo domiciliario de cuidados es de 4.294.295,76 euros, de los cuales 1.400.000,00 euros van a cargo de la partida presupuestaria D/480000100/314/0000 en la anualidad 2020, 1.820.295,76 euros en la anualidad 2021 y 1.074.000,00 euros en la anualidad 2022, condicionados a la distribución del gasto plurianual que apruebe el Gobierno.
Artículo 12
AntesEl periodo de ejecución de las acciones objeto de la subvención es de un año natural a partir de la declaración del estado de alarma, el 14 de marzo de 2020.
AhoraEl periodo de ejecución de las acciones objeto de la subvención es de un año natural a partir de la declaración del estado de alarma, el 25 de octubre de 2020, mediante el Real decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.