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30 dic 2020
Real Decreto 1073/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas y se fijan sus enseñanzas mínimas
Qué ha cambiado (1 artículo)
ANEXO IV▾
Eliminado| Módulos profesionales incluidos en Ciclos Formativos establecidos en LOGSE 1/1990 | Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOE 2/2006): Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas |
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| Inmersión a media profundidad. | 0758. Intervención hiperbárica con aire y nitrox. 0759. Instalaciones y equipos hiperbáricos. |
| Reparaciones a flote y reflotamientos. | 0760. Reparaciones y reflotamientos. |
| Procedimientos de corte y soldadura subacuáticos. | 0761. Corte y soldadura. |
| Trabajos subacuáticos de obras hidráulicas y con explosivos. | 0762. Construcción y obra hidráulica. |
| Formación en centro de trabajo del título de Técnico en Buceo de Media Profundidad. | 0768. Formación en centros de trabajo.» |
AntesNota: las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, tendrán convalidado el módulo profesional “1248. Inmersión desde campana húmeda”.
Ahora**(Derogado)**