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31 dic 2020
Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional novena▾
AntesEn todo caso, cuando se negocien condiciones de trabajo, la consejería competente en materia de coordinación del sector público instrumental y su personal ha de emitir, antes de la aprobación del correspondiente acuerdo, un informe previo sobre la adaptación de la propuesta a la normativa en materia de personal aplicable al ente.
AhoraEn todo caso, antes de la aprobación de cualquier acuerdo, convenio, pacto u otro instrumento jurídico sobre condiciones de trabajo, la consejería competente en materia de coordinación del sector público instrumental y su personal debe emitir un informe previo sobre la adaptación de la propuesta a la normativa en materia de personal aplicable al ente y a las directrices generales relativas al personal del sector público instrumental.