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8 mar 2021

Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 41
AntesA los efectos de lo dispuesto en este apartado, en todo caso, se entenderán como de coste desproporcionado los proyectos cuyo presupuesto de ejecución superen en más del doble, es decir más de un 100%, la diferencia entre las acometidas a las viviendas por fachada frente a las acometidas que vayan soterradas. Sin perjuicio de las competencias de cada administración, son de interés público los proyectos por los que se despliega fibra óptica en los Conjuntos Históricos de Extremadura.
AhoraSin perjuicio de las competencias de cada administración, son de interés público los proyectos por los que se despliega fibra óptica en los Conjuntos Históricos de Extremadura.