Saltar al contenido
← Volver
30 mar 2021

Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 40

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.

Artículo 42
Eliminado[Nota del BOE: Téngase en cuenta que, con efectos desde el 10 de junio de 2020, se alza la suspensión de los plazos de caducidad de los asientos registrales susceptibles de cancelación por el transcurso del tiempo, reanudándose su cómputo en esa misma fecha, según establece la disposición adicional 4 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio.Ref. BOE-A-2020-5895#da-4]