← Volver
28 may 2021
Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19
Qué ha cambiado (4 artículos)
Artículo 6▾
Antes[Nota del BOE: Téngase en cuenta que se prorroga lo establecido en este artículo, que permanecerá vigente hasta el 31 de mayo de 2021, según establece la disposición adicional 3 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero.Ref. BOE-A-2021-1130#da-3]
Ahora[Nota del BOE: Téngase en cuenta que se prorroga lo establecido en este artículo, que permanecerá vigente hasta el 30 de septiembre de 2021, por la disposición adicional 6 del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo.Ref. BOE-A-2021-8877#da-6]
Artículo 22▾
Eliminado[Nota del BOE: Téngase en cuenta que los expedientes de regulación temporal de empleo vigentes, basados en el presente artículo, se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de mayo de 2021, según establece el art. 1.1 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero.Ref. BOE-A-2021-1130#a1]
Artículo 23▾
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Téngase en cuenta que el art. 3 del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, establece que a los expedientes de regulación temporal de empleo basados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción vinculadas al COVID-19, iniciados tras la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el 30 de septiembre de 2021, les resultarán de aplicación las previsiones establecidas en el artículo 3 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre.Ref. BOE-A-2021-8877#a3]
Artículo 25▾
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Téngase en cuenta que las medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo reguladas en el artículo 8 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, serán de aplicación hasta el 30 de septiembre de 2021, con las particularidades recogidas en el art. 4 del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo.Ref. BOE-A-2021-8877#a4]
Eliminado[Nota del BOE: Véase, sobre la aplicación de las medidas previstas en el apartado 6 desde el 1 de enero de 2021 hasta el 27 de enero de 2021, la disposición transitoria 1 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero.Ref. BOE-A-2021-1130#dt]