← Volver
2 oct 2021
Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario
Ley · En vigor · Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 50▾
Antesd) Las sancionadas o condenadas, mediante resolución o sentencia firmes, por infracciones muy graves, infracciones graves o reiteradas cometidas en el ámbito de la legislación específica de transportes o por infracciones muy graves, infracciones graves o reiteradas de las obligaciones derivadas de las normas sociales o laborales y resultantes de convenios colectivos vinculantes, en particular de la legislación sobre seguridad y salud en el trabajo, en el plazo de cinco años desde la firmeza de la resolución sancionadora.
Ahorad) Las sancionadas o condenadas, mediante resolución o sentencia firmes, por infracciones muy graves cometidas en el ámbito de la legislación específica de transportes, o por infracciones muy graves o reiteradas de las obligaciones derivadas de las normas sociales o laborales y resultantes de convenios colectivos vinculantes, en particular de la legislación sobre seguridad y salud en el trabajo, en el plazo de cinco años desde la firmeza de la última resolución sancionadora.
Artículo 56▾
Antesa) El incumplimiento sobrevenido por la empresa ferroviaria de los requisitos exigidos en el artículo 50.1 para su otorgamiento, así como el hallarse incursa en alguna de las causas enumeradas en el artículo 50.3, epígrafes d) y e). No obstante, cuando la licencia sea revocada por incumplimiento del requisito de capacidad financiera, la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria podrá, por razones de interés general, conceder a la empresa ferroviaria una licencia temporal, siempre que no se comprometa la seguridad del servicio de transporte ferroviario. Dicha licencia temporal tendrá validez durante un período máximo de seis meses.
Ahoraa) El incumplimiento sobrevenido por la empresa ferroviaria de los requisitos exigidos en el artículo 50.1 para su otorgamiento, así como el hallarse incursa en alguna de las causas enumeradas en el artículo 50.3, epígrafes d) y e) cuando el hecho ilícito cometido afecte gravemente a la seguridad ferroviaria o al derecho a la movilidad de las personas. No obstante, cuando la licencia sea revocada por incumplimiento del requisito de capacidad financiera, la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria podrá, por razones de interés general, conceder a la empresa ferroviaria una licencia temporal, siempre que no se comprometa la seguridad del servicio de transporte ferroviario. Dicha licencia temporal tendrá validez durante un período máximo de seis meses.
Eliminadoe) La imposición de dos sanciones por infracciones muy graves en el plazo de doce meses, en los términos previstos en el artículo 109.4.
Artículo 109▾
EliminadoLa imposición, por resolución definitiva, de una nueva sanción por la comisión de una infracción muy grave en los doce meses siguientes a la de la inicial, llevará aneja la revocación de las habilitaciones enumeradas en el párrafo anterior. En el cómputo del referido plazo no se tendrán en cuenta los períodos en que no haya sido posible realizar la actividad por haber sido temporalmente retirada la correspondiente licencia.
EliminadoCuando por aplicación del régimen previsto en este apartado se pudiera ver afectada la continuidad o regularidad de la prestación de obligaciones de servicio público, el Ministerio de Fomento adoptará las medidas necesarias para garantizar su salvaguardia.
AntesEn caso de una sanción firme por infracción muy grave derivada de la cesión del derecho de uso de capacidad de infraestructura o la celebración de cualquier otro negocio jurídico sobre la capacidad de infraestructura adjudicada, conforme a lo dispuesto en el artículo 106.2.4 de esta ley, la sanción llevará aparejada la imposibilidad de obtención de nueva capacidad por un período máximo de un año.
AhoraCuando por aplicación del régimen previsto en este apartado se pudiera ver afectada la continuidad o regularidad de la prestación de obligaciones de servicio público, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana adoptará las medidas necesarias para garantizar su salvaguardia.
Párrafo añadido
En caso de una sanción firme por infracción muy grave derivada de la cesión del derecho de uso de capacidad de infraestructura o la celebración de cualquier otro negocio jurídico sobre la capacidad de infraestructura adjudicada, conforme a lo dispuesto en el artículo 106.2.4 de esta Ley, la sanción llevará aparejada la imposibilidad de obtención de nueva capacidad por un período máximo de un año.