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22 dic 2021
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 1▾
Eliminado2.º Obtención de la declaración de impacto ambiental favorable: 18 meses.
Eliminado3.º Obtención de la autorización administrativa previa: 21 meses.
Eliminado4.º Obtención de la autorización administrativa de construcción: 24 meses.
Antes5º. Obtención de la autorización administrativa de explotación definitiva: 5 años.
Ahora2.º Obtención de la declaración de impacto ambiental favorable: 27 meses.
Párrafo añadido
3.º Obtención de la autorización administrativa previa: 30 meses.
Párrafo añadido
4.º Obtención de la autorización administrativa de construcción: 33 meses.
Párrafo añadido
5.º Obtención de la autorización administrativa de explotación definitiva: 5 años.
Eliminado2.º Obtención de la declaración de impacto ambiental favorable: 22 meses.
Eliminado3.º Obtención de la autorización administrativa previa: 25 meses.
Antes4.º Obtención de la autorización administrativa de construcción: 28 meses.
Ahora2.º Obtención de la declaración de impacto ambiental favorable: 31 meses.
Párrafo añadido
3.º Obtención de la autorización administrativa previa: 34 meses.
Párrafo añadido
4.º Obtención de la autorización administrativa de construcción: 37 meses.
AntesLos plazos señalados en los apartados a) y b) serán computados, todos ellos, desde la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley.
AhoraTodos los plazos señalados en los apartados a) y b) serán computados desde el 25 de junio de 2020.