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24 dic 2022
Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición final vigésima novena▾
EliminadoHasta tanto la Sociedad “Imprenta de Billetes S.A.” (IMBISA) desarrolle su actividad de producción de billetes euro en las instalaciones de la entidad pública empresarial Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, esta entidad podrá mantener una participación de hasta el 20% en la referida sociedad IMBISA. Una vez cese la actividad de la Sociedad mercantil IMBISA en las instalaciones de la FNMT-RCM, esta entidad procederá dentro del plazo de seis meses a la enajenación al Banco de España de las acciones que ostente en dicha Sociedad. Durante dicho periodo, las dos entidades, podrán compartir los servicios comunes necesarios para el desarrollo de sus actividades.
AntesLa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda además podrá fabricar billetes distintos del euro y podrá prestar a la citada sociedad, conforme a lo previsto en la normativa vigente de contratación, los servicios accesorios a la fabricación de billetes euro que dicha sociedad pueda demandar.»
AhoraLa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda podrá fabricar billetes distintos del euro y podrá prestar a la Sociedad Imprenta de Billetes S.A. (IMBISA), conforme a lo previsto en la normativa vigente de contratación, los servicios accesorios a la fabricación de billetes euro que dicha sociedad pueda demandar.’’»