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25 ene 2023

Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 10 bis
Artículo nuevo
Artículo 10 bis. Publicidad de la autorización ambiental integrada. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 24.3 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla pondrán a disposición del público en su página web el texto de las resoluciones administrativas mediante las que se hubieran otorgado, modificado sustancialmente o revisado las autorizaciones ambientales integradas, acompañado de los motivos y consideraciones en que dicha decisión se basa. Asimismo, enviarán a los ayuntamientos el anuncio de dicha puesta a disposición del público para su exhibición en los tablones de anuncios de los ayuntamientos en los que estén ubicadas las instalaciones por un plazo mínimo de veinte días naturales. Los ayuntamientos deberán facilitar a los ciudadanos que lo soliciten una copia impresa del texto de dichas resoluciones.
Artículo 16
Antes4. A continuación se proseguirá con los trámites previstos en el artículo 15, apartados 3 a 11. En caso de transcurrir el plazo máximo de seis meses sin haberse notificado resolución expresa, podrá entenderse caducado el procedimiento de acuerdo con los artículos 24 y 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ahora4. A continuación se proseguirá con los trámites previstos en el artículo 15, apartados 3 a 8 y 10. La resolución que apruebe la revisión se integrará en la autorización ambiental integrada, junto a las modificaciones habidas desde su otorgamiento, en un único texto. En caso de transcurrir el plazo máximo de cinco meses sin haberse notificado resolución expresa, podrá entenderse caducado el procedimiento de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.