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9 mar 2023
Ley 10/2022, de 23 de diciembre, del tiempo libre educativo para la infancia y la juventud de las Illes Balears
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición transitoria cuarta▾
Antes5. El régimen transitorio que recoge esta disposición es también aplicable a las instalaciones que hayan presentado una solicitud completa de ampliación de plazas como albergue juvenil ante la administración municipal competente, antes de la entrada en vigor del Decreto Ley 3/2022, de 11 de febrero, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears, siempre que el cómputo total de plazas del albergue resultante de la ampliación respete el límite máximo de plazas aplicable de acuerdo con el régimen jurídico vigente y que corresponda.
Ahora5. El régimen transitorio que recoge esta disposición es también aplicable a las instalaciones que hayan presentado una solicitud completa de ampliación de plazas como albergue juvenil o solicitado licencia de obras o reformas, en edificio existente, para iniciar la actividad de albergue juvenil, ante la administración municipal competente, antes de la entrada en vigor del Decreto-ley 3/2022, de 11 de febrero, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears, siempre que el cómputo total de plazas del albergue resultante respete el límite máximo de plazas aplicable de acuerdo con el régimen jurídico vigente y que corresponda.