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19 abr 2023

Real Decreto 1284/2002, de 5 de diciembre, por el que se establecen las especialidades de los Cuerpos de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, se adscriben a ellas los profesores de dichos Cuerpos y se determinan los módulos, asignaturas y materias que deberán impartir

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Artículo 3
Antes2. Asimismo, dichos funcionarios podrán impartir las materias de la modalidad de Artes del Bachillerato que se indican en el anexo VI, en las condiciones que las Administraciones educativas establezcan, y sin perjuicio de la prioridad y obligación que para impartir estas materias tienen los profesores de las especialidades relacionadas en el anexo V del Real Decreto 1701/1991, de 29 de noviembre, por el que se establecen especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, se adscriben a ellas los profesores correspondientes de dicho cuerpo y se determinan las áreas y materias que deberá impartir el profesorado respectivo.
Ahora2. Asimismo, dichos funcionarios podrán impartir las materias de la modalidad de Artes del Bachillerato conforme a lo establecido en los desarrollos reglamentarios correspondientes con relación al ejercicio de la docencia en dicha etapa, sin perjuicio de la prioridad y obligación que para impartir estas materias tiene el profesorado de las especialidades de los cuerpos de catedráticos de enseñanza secundaria y de profesores de enseñanza secundaria a las que estén asignadas.
Eliminado4. Asimismo, dichos funcionarios podrán impartir los talleres artísticos del currículo de la modalidad de Artes del Bachillerato, en las condiciones que las Administraciones educativas establezcan.
Antes5. Los funcionarios del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño impartirán las asignaturas y materias de los estudios superiores de Artes Plásticas y de Diseño que se indican en el anexo VIII. Asimismo los funcionarios del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño impartirán los talleres vinculados a las materias de los estudios superiores de Artes Plásticas y de Diseño que se indican en el anexo IX.
Ahora4. Los funcionarios del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño impartirán las asignaturas y materias de los estudios superiores de Artes Plásticas y de Diseño que se indican en el anexo VIII. Asimismo, los funcionarios del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño impartirán los talleres vinculados a las materias de los estudios superiores de Artes Plásticas y de Diseño que se indican en el anexo IX.
ANEXO VI
Antes| Especialidades | Materias | | --- | --- | | Diseño gráfico. Diseño de interiores. Diseño de moda. Diseño de producto. | Fundamentos del diseño. | | Dibujo artístico y color. | Dibujo artístico I. Dibujo artístico II. Técnicas de expresión gráfico-plásticas. | | Diseño gráfico. Fotografía. Medios audiovisuales. | Imagen. | | Dibujo técnico. | Dibujo técnico I. | | Dibujo técnico II. | | | Historia del arte. | Historia del arte. | | Volumen. | Volumen. |
Ahora**(Derogado).**