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10 jun 2023
Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del cuarto y quinto tramo de la línea de avales aprobada por el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, con la finalidad principal de financiar inversiones de pymes y autónomos pertenecientes al sector turístico, hostelería y actividades conexas, y para reforzar los reavales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E., Sociedad Anónima (CERSA)
Qué ha cambiado (1 artículo)
ANEXO II▾
AntesReposición del Fondo de Provisiones Técnicas: El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital repondrá anualmente los importes que hayan sido cargados al Fondo de Provisiones Técnicas de CERSA (regulado en la Ley 1/1994 y el Real Decreto 1644/1997, de 31 de octubre de 1997, relativo a las normas de autorización administrativa a requisitos de solvencia de las sociedades de reafianzamiento) en ejecución de los avales netos de las recuperaciones correspondientes a las operaciones incluidas en la línea de avales por la parte reavalada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. En el primer trimestre de cada uno de los ejercicios 2021 al 2029, se revisarán los importes a aportar previa certificación por CERSA del saldo resultante a 31 de diciembre cada ejercicio.
AhoraReposición del Fondo de Provisiones Técnicas: El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital repondrá anualmente los importes que hayan sido cargados al Fondo de Provisiones Técnicas de CERSA (regulado en la Ley 1/1994 y el Real Decreto 1644/1997, de 31 de octubre de 1997, relativo a las normas de autorización administrativa a requisitos de solvencia de las sociedades de reafianzamiento) en ejecución de los avales netos de las recuperaciones correspondientes a las operaciones incluidas en la línea de avales por la parte reavalada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. En el primer trimestre de cada uno de los ejercicios 2021 al 2036, se revisarán los importes a aportar previa certificación por CERSA del saldo resultante a 31 de diciembre del ejercicio anterior.