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20 jul 2023
Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos
Qué ha cambiado (1 artículo)
ANEXO III▾
Antes45 [sic]. Mercurio en lámparas fluorescentes de casquillo único (compactas) sin sobrepasar (por quemador):
Ahora1. Mercurio en lámparas fluorescentes de casquillo único (compactas) sin sobrepasar (por quemador):
Antes2.a).5.º Fósforo de tres bandas con vida útil larga (≥ 25 000 h): 5 mg. Expira el 24 de febrero de 2023.
Ahora2.a).5.º Fósforo de tres bandas con vida útil larga (≥ 25000 h): 5 mg. Expira el 24 de febrero de 2023.
Eliminado3.b) Longitud media (> 500 mm y ≤ 1500 mm): 5 mg. Expira el 24 de febrero de 2025.
Antes3.c) Longitud grande (> 1500 mm): 13 mg. Expira el 24 de febrero de 2025.
Ahora3.b) Longitud media (> 500 mm y ≤ 1 500 mm): 5 mg. Expira el 24 de febrero de 2025.
Párrafo añadido
3.c) Longitud grande (> 1 500 mm): 13 mg. Expira el 24 de febrero de 2025.
Párrafo añadido
65012
Antes4.g).1.º 20 mg por par de electrodos + 0,3 mg por cm de longitud del tubo, pero no más de 80 mg, para aplicaciones de exterior y para aplicaciones de interior expuestas a temperaturas inferiores a 20 °C.
Ahora4.g).1.º 20 mg por par de electrodos + 0,3 mg por cm de longitud del tubo, pero no más de 80 mg, para aplicaciones de exterior y para aplicaciones de interior expuestas a temperaturas inferiores a 20 ºC.
Eliminado– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8.
Ahora– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8.
Eliminado– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Eliminado– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8.
Antes– 21 de julio de 2024 en el caso de los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9, y en el caso de la categoría 11.
Ahora– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8.
Párrafo añadido
− 21 de julio de 2024 en el caso de los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9, y en el caso de la categoría 11.
Eliminado– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8.
Ahora– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8.
EliminadoPara las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control expira el 21 de julio de 2021.
AntesCon respecto a los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8 expira el 21 de julio de 2023.
AhoraPara las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control expira el 21 de julio de 2021.
Párrafo añadido
Con respecto a los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8 expira el 21 de julio de 2023.
Antes7.c).1.º Componentes eléctricos y electrónicos que contengan plomo en un vidrio o cerámica de un tipo distinto de la cerámica dieléctrica de condensadores, por ejemplo, dispositivos piezoelectrónicos, o en un compuesto de matrices de vidrio o cerámica. Se aplica a las categorías 1 a 7 y 10, salvo las aplicaciones que recoge el punto 34, y expira el 21 de julio de 2021. Para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control expira el 21 de julio de 2021. Con respecto a los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8 expira el 21 de julio de 2023. Con respecto a los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9, y en el caso de la categoría 11, expira el 21 de julio de 2024.
Ahora7.c).1.º Componentes eléctricos y electrónicos que contengan plomo en un vidrio o cerámica de un tipo distinto de la cerámica dieléctrica de condensadores, por ejemplo, dispositivos piezoelectrónicos, o en un compuesto de matrices de vidrio o cerámica. Se aplica a las categorías 1 a 7 y 10, salvo las aplicaciones que recoge el punto 34, y expira el 21 de julio de 2021. Para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control expira el 21 de julio de 2021. Con respecto a los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8 expira el 21 de julio de 2023. Con respecto a los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9, y en el caso de la categoría 11, expira el 21 de julio de 2024.
Eliminado– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8,
Ahora– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8,
Eliminado– 21 de julio de 2021 en el caso de productos de las categorías 8 y 9 distintos de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8,
Ahora– 21 de julio de 2021 en el caso de productos de las categorías 8 y 9 distintos de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8,
Eliminado– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8,
Ahora– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8,
Eliminado• iguales o superiores a 6 A a una tensión igual o superior a 250 V CA, o
Antes• iguales o superiores a 12 A a una tensión igual o superior a 125 V CA,
Ahora● iguales o superiores a 6 A a una tensión igual o superior a 250 V CA, o
Párrafo añadido
● iguales o superiores a 12 A a una tensión igual o superior a 125 V CA,
Eliminado– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control;
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8;
Ahora– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control;
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8;
Eliminado– diseñados para funcionar total o parcialmente con calefactores eléctricos, con una potencia de entrada media ≥ 75 W en condiciones de funcionamiento constante;
Antes– diseñados para funcionar totalmente con calefactores no eléctricos.
Ahora− diseñados para funcionar total o parcialmente con calefactores eléctricos, con una potencia de entrada media ≥ 75 W en condiciones de funcionamiento constante;
Párrafo añadido
− diseñados para funcionar totalmente con calefactores no eléctricos.
Párrafo añadido
9.a).3.º Hasta un 0,7 % de cromo hexavalente en peso, utilizado como protector contra la corrosión en el fluido de trabajo del circuito sellado de acero al carbono de las bombas de calor de absorción impulsadas por gas para calefacción de espacios y producción de agua caliente. Se aplica a la categoría 1 y expira el 31 de diciembre de 2026.
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8.
Ahora– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8.
Antes12. Plomo como material de recubrimiento del anillo en “c” (c-ring) de los módulos de conducción térmica: Puede utilizarse en las piezas de repuesto para AEE comercializados antes del 24 de septiembre de 2010.
Ahora12. Plomo como material de recubrimiento del anillo en «c» (c-ring) de los módulos de conducción térmica: Puede utilizarse en las piezas de repuesto para AEE comercializados antes del 24 de septiembre de 2010.
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8.
Ahora– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8.
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8.
Ahora– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8.
Eliminado– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8,
Ahora– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8,
Eliminado– un cubo único de 300 mm2o mayor en cualquier nodo tecnológico semiconductor,
Antes– cápsulas de cubos apilados con cubo de 300 mm2o mayor, o interponedores de silicio de 300 mm2o mayores.
Ahora– un cubo único de 300 mm² o mayor en cualquier nodo tecnológico semiconductor,
Párrafo añadido
– cápsulas de cubos apilados con cubo de 300 mm² o mayor, o interponedores de silicio de 300 mm² o mayores.
Eliminado18.a) Plomo empleado como activador en el polvo fluorescente (hasta el 1 % de plomo en peso) de las lámparas de descarga utilizadas como lámparas para usos especiales, como la reprografía con impresión diazoica, la litografía, las trampas para insectos y los procesos fotoquímicos y de curado, que contengan fósforos tales como SMS [(Sr,Ba)2MgSi2O7:Pb]: Expiró el 1 de enero de 2011.
Antes18.b) Plomo empleado como activador en el polvo fluorescente (hasta el 1 % de plomo en peso) de las lámparas de descarga utilizadas como lámparas de bronceado que contengan fósforos tales como BSP (BaSi2O5:Pb). Expira el:
Ahora18.a) Plomo empleado como activador en el polvo fluorescente (hasta el 1 % de plomo en peso) de las lámparas de descarga utilizadas como lámparas para usos especiales, como la reprografía con impresión diazoica, la litografía, las trampas para insectos y los procesos fotoquímicos y de curado, que contengan fósforos tales como SMS [(Sr,Ba)2MgSi2O7:Pb]: Expiró el 1 de enero de 2011. 18.b) Plomo empleado como activador en el polvo fluorescente (hasta el 1 % de plomo en peso) de las lámparas de descarga utilizadas como lámparas de bronceado que contengan fósforos tales como BSP (BaSi2O5: Pb). Expira el:
Eliminado– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8,
Ahora– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8,
Antes18.b).1.º Plomo empleado como activador en el polvo fluorescente (hasta el 1 % de plomo en peso) de las lámparas de descarga que contengan fósforos tales como BSP (BaSi2O5:Pb) cuando se utilicen en equipos médicos de fototerapia. Se aplica a las categorías 5 y 8, salvo las aplicaciones contempladas en la entrada 34 del anexo IV, y expira el 21 de julio de 2021.
Ahora18.b).1.º Plomo empleado como activador en el polvo fluorescente (hasta el 1 % de plomo en peso) de las lámparas de descarga que contengan fósforos tales como BSP (BaSi2O5: Pb) cuando se utilicen en equipos médicos de fototerapia. Se aplica a las categorías 5 y 8, salvo las aplicaciones contempladas en la entrada 34 del anexo IV, y expira el 21 de julio de 2021.
Eliminado– el 21 de julio de 2021, en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Antes– el 21 de julio de 2023, en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8,
Ahora– el 21 de julio de 2021, en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Párrafo añadido
– el 21 de julio de 2023, en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8,
Eliminado– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Eliminado– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8.
Antes– 21 de julio de 2024 en el caso de los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9, y en el caso de la categoría 11.
Ahora– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8.
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2024 en el caso de los instrumentos industriales de vigilancia y control de la categoría 9, y en el caso de la categoría 11.
Eliminado– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control;
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8;
Ahora– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control;
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8;
Eliminado– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8,
Ahora– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8,
Eliminado– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8.
Ahora– 21 de julio de 2021 para las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8.
Eliminado– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Antes– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8,
Ahora– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control,
Párrafo añadido
– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8,
Eliminado– 31 de marzo de 2022 en el caso de las categorías 1 a 7, 10 y 11;
Eliminado– 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*y los instrumentos industriales de vigilancia y control;
Eliminado– 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico*in vitro*de la categoría 8;
Antes– 21 de julio de 2024 en el caso de los instrumentos industriales de vigilancia y control.
Ahora− 31 de marzo de 2022 en el caso de las categorías 1 a 7, 10 y 11;
Párrafo añadido
− 21 de julio de 2021 en el caso de las categorías 8 y 9 distintas de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro y los instrumentos industriales de vigilancia y control;
Párrafo añadido
− 21 de julio de 2023 en el caso de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la categoría 8;
Párrafo añadido
− 21 de julio de 2024 en el caso de los instrumentos industriales de vigilancia y control.
AntesA efectos de la presente entrada, se entenderá por “contacto prolongado con la piel humana” el contacto continuo de una duración superior a 10 minutos o el contacto intermitente durante un período de 30 minutos, al día.
AhoraA efectos de la presente entrada, se entenderá por «contacto prolongado con la piel humana» el contacto continuo de una duración superior a 10 minutos o el contacto intermitente durante un período de 30 minutos, al día.