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29 dic 2023

Real Decreto 830/2023, de 20 de noviembre, sobre las Vicepresidencias del Gobierno

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 1
AntesCorresponde a la Vicepresidencia Primera del Gobierno el ejercicio de las funciones que le encomiende el Presidente del Gobierno, así como la presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno que se determine en el correspondiente real decreto.
AhoraCorresponde a la Vicepresidencia Primera del Gobierno el ejercicio de las funciones que le encomiende el Presidente del Gobierno.
Artículo 4
EliminadoArtículo 4. Vicepresidencia Cuarta.
AntesCorresponde a la Vicepresidencia Cuarta del Gobierno el ejercicio de las funciones que le encomiende el Presidente del Gobierno, así como la presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno que se determine en el correspondiente real decreto.
AhoraArtículo 4. Presidencia de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.
Párrafo añadido
No se le encomienda a ninguna de las Vicepresidencias la presidencia de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios, por lo que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dicha presidencia será ejercida por la persona titular del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.