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14 mar 2024

Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público

Qué ha cambiado (3 artículos)

Artículo 123
AntesEn el marco de las competencias normativas establecidas en los apartados 1.a) y 2 del artículo 49.1 de la Ley del Estado 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, el tipo de gravamen del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados aplicable a los arrendamientos es del 0,3% durante el año 2014 y del 0,5% a partir del 1 de enero de 2015. El pago del impuesto debe efectuarse mediante autoliquidación, en el modelo aprobado por orden del consejero o consejera del departamento competente en materia tributaria.
Ahora**(Derogado)**
Artículo 125
Eliminado1. Con carácter general, para los hechos imponibles sujetos al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, el plazo de presentación de la autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria, junto con el documento o la declaración escrita sustitutiva del mismo, es de un mes a contar desde la fecha del acto o del contrato.
Eliminado2. En los siguientes casos, en que los sujetos pasivos deben declarar conjuntamente todas las operaciones sujetas a la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas devengadas en el mes natural, el plazo de presentación de la autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria, junto con la declaración informativa de las adquisiciones de bienes realizadas en el período, es el mes natural inmediatamente posterior al mes al que se refieren las operaciones declaradas:
Eliminadoa) En el caso de los empresarios que adquieren objetos fabricados con metales preciosos y que están obligados a llevar los libros de registro a los que se refiere el artículo 91 del Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos.
Eliminadob) En el caso de los empresarios dedicados a la reventa, con transformación o sin ella, de bienes muebles usados, que deben declarar conjuntamente todas las operaciones sujetas a la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas devengadas en el mes natural.
Eliminado3. La Agencia Tributaria de Cataluña debe determinar, en relación con lo dispuesto por el apartado 2, el contenido de la información que se le debe remitir, así como las condiciones en las que es obligatoria la presentación de la autoliquidación mediante soporte directamente legible por ordenador o mediante transmisión por vía telemática, que en ambos casos tienen la consideración de declaraciones tributarias a todos los efectos.
Eliminado4. El Gobierno puede modificar mediante un decreto el plazo de presentación establecido en los apartados anteriores.
Antes5. Se deroga el artículo 13 de la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras.
Ahora**(Derogado)**
Artículo 129
Eliminado1. Para facilitar el control adecuado del cumplimiento de las obligaciones tributarias de los sujetos pasivos de los tributos sobre el juego, los notarios destinados a Cataluña, en colaboración con los registradores de la propiedad y mercantiles, deben enviar a la Agencia Tributaria de Cataluña una declaración informativa notarial comprensiva de los elementos que tengan relevancia a efectos tributarios de las bases de todos los juegos, concursos o sorteos que se depositen ante ellos y que tengan el ámbito territorial de Cataluña, así como de la resolución de los mismos. Los notarios deben velar por la más estricta veracidad de la información correspondiente a las bases, así como por la correspondencia de la información con los documentos depositados ante ellos, y son responsables de cualquier discrepancia existente entre la declaración informativa y los documentos mencionados. También deben enviar, a solicitud de la Agencia Tributaria de Cataluña, una copia electrónica de los documentos depositados, de conformidad con lo dispuesto por la legislación notarial.
Antes2. La Agencia Tributaria de Cataluña puede establecer mediante resolución los procedimientos, la estructura, el formato, los plazos y las condiciones en los que debe ser remitida la información.
Ahora**(Derogado)**