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14 may 2024
Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 22▾
Eliminadof) Realizar llamadas de mala fe, que comuniquen avisos falsos, al teléfono de urgencias y emergencias 1-1-2, cuando este hecho produzca la movilización de un recurso.
Artículo 23▾
Antesh) Realizar llamadas de mala fe al teléfono de urgencias y emergencias 1-1-2 comunicando avisos falsos, cuando este hecho no produzca movilización de un recurso.
Ahorah) Realizar llamadas de mala fe, que comuniquen avisos falsos, al teléfono de urgencias y emergencias 1-1-2, cuando este hecho produzca la movilización de dos o más recursos y como consecuencia de ello no permitan la asistencia de esos recursos a otros incidentes para los que deberían haber sido movilizados o se ponga en riesgo de forma manifiesta la integridad física de las personas que formen parte de los mismos.
Artículo 24▾
Antesc) Realizar llamadas inapropiadas al teléfono de urgencias y emergencias 1-1-2, cuando tal infracción no pueda ser calificada como grave o como muy grave.
Ahorac) Realizar llamadas inapropiadas al teléfono de urgencias y emergencias1-1-2, cuando tal infracción no pueda ser calificada como grave.