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24 may 2024

Ley 18/2007, de 17 de diciembre, de la radio y televisión de titularidad autonómica gestionada por la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA)

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 20
Antes1. El Consejo Asesor de la RTVA es el órgano de participación de la sociedad en la radio y televisión pública de Andalucía, y estará compuesto por trece miembros, observando el principio de composición equilibrada de hombres y mujeres, que se designarán de la siguiente forma:
Ahora1. El Consejo Asesor de la RTVA es el órgano de participación de la sociedad en la radio y televisión pública de Andalucía, y estará compuesto por quince miembros, observando el principio de composición equilibrada de hombres y mujeres, que se designarán de la siguiente forma:
Antese) Seis vocales designados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de la siguiente manera: una persona a propuesta del Consejo Escolar de Andalucía, otra a propuesta del Consejo Andaluz de la Juventud, otra a propuesta del Consejo Andaluz de Universidades, otra a propuesta del Consejo de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, otra a propuesta del Consejo Andaluz de Atención a las Personas con Discapacidad y otra a propuesta de la Federación de Organizaciones Andaluzas de Mayores.
Ahorae) Ocho vocales designados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de la siguiente manera: una persona a propuesta del Consejo Escolar de Andalucía, otra a propuesta del Consejo Andaluz de la Juventud, otra a propuesta del Consejo Andaluz de Universidades, otra a propuesta del Consejo de las personas Consumidoras y Usuarias de Andalucía, otra a propuesta del Consejo Andaluz de Atención a las Personas con Discapacidad, otra a propuesta de la Federación de Organizaciones Andaluzas de Mayores, otra a propuesta del Consejo Andaluz LGBTI y otra a propuesta del Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres.