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17 may 2025
Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto del Código Alimentario Español
Qué ha cambiado (1 artículo)
Sección 3▾
EliminadoSección 3.ª Aceites de semillas
Eliminado3.16.20. Consumo humano.
EliminadoSe autoriza la utilización de aceites de semillas para consumo humano cuando reúnan las características que este Código determina para las distintas variedades.
Eliminado3.16.21. Clasificación de aceites de semillas.
EliminadoA efectos de este Código se establece la siguiente:
Eliminadoa) Aceite de soja.
Eliminadob) Aceite de cacahuete.
Eliminadoc) Aceite de girasol.
Eliminadod) Aceite de algodón.
Eliminadoe) Otros aceites de semillas.
Eliminado3.16.22. Aceite de soja.
EliminadoEs el procedente de las semillas de la soja «Glycine Soja, Sieb et Zucc» (Soja híspida, Unch, Dolichos Soja, L.), que haya sido sometido a una refinación completa y que reúne además de las características generales las siguientes:
EliminadoCalentado a 160 grados centígrados durante quince minutos, conservará su sabor agradable después de enfriado.
Eliminado3.16.23. Aceite de cacahuete.
EliminadoEs el procedente de la semilla de cacahuete («Arachis Hypogaea», L.). El aceite de cacahuete podrá emplearse virgen o refinado, siempre que cumpla las condiciones establecidas para los aceites comestibles.
Eliminado3.16.24. Aceite de girasol.
EliminadoEs el procedente de las semillas del girasol cultivado («Helianthus annuus», L.). El destinado a la alimentación deberá ser sometido a una refinación completa, y que reúna las características generales.
Eliminado3.16.25. Aceite de algodón.
EliminadoEs el procedente de las semillas de algodonero cultivado (Gen. «Gossypium»). El destinado a la alimentación deberá ser sometido a procesos de refinación completa, y que reúna las características generales.
Eliminado3.16.26. Otros aceites de semillas.
EliminadoLos elaborados y refinados para el consumo reunirán las características generales que los haga aptos para la alimentación; responderán a las constantes físicas y químicas correspondientes a su naturaleza y origen.
AntesLas reglamentaciones correspondientes señalarán las características específicas de cada uno de estos aceites.
AhoraSección 3.ª Aceites vegetales comestibles
Párrafo añadido
Los aceites vegetales comestibles se regirán por lo previsto en el Real Decreto 351/2025, de 30 de abril, por el que se aprueba la norma de calidad de los aceites vegetales comestibles.