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31 may 2025

Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de políticas integrales de juventud

Qué ha cambiado (4 artículos)

Artículo 3
Eliminado4. Se esbozarán y se ejecutarán desde una perspectiva intergeneracional, no adultocentrista, y como un proceso continuo con las políticas de infancia y adolescencia, que facilite el empoderamiento de las personas jóvenes como agentes principales de la sociedad valenciana.
Antes5. Se fundamentarán en la igualdad real entre mujeres y hombres, con perspectiva de género, y en la promoción de la diversidad como un valor por mismo.
Ahora4. Se esbozarán y ejecutarán desde una perspectiva intergeneracional que facilite la integración y el reconocimiento de los jóvenes como agentes activos de la sociedad valenciana.
Párrafo añadido
5. Se fundamentarán en la igualdad real y en el reconocimiento a la diversidad.
Antes7. Se perfilarán y desarrollarán desde la participación directa y con la corresponsabilidad de las personas jóvenes, a través de las entidades y del tejido asociativo juvenil. Las administraciones públicas reconocerán al Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana como interlocutor directo de la Generalitat en materia de juventud, creando vías de interlocución entre las administraciones públicas y la juventud no asociada.
Ahora7. Se perfilarán y desarrollarán desde la participación directa y la corresponsabilidad de las personas jóvenes a través del Consell de la Joventut, del tejido asociativo juvenil y de la juventud no asociada.
Artículo 5
Antes4. Desarrollar políticas públicas de juventud con perspectiva de género para promover la igualdad real entre las personas jóvenes desde la corresponsabilidad y la deconstrucción de roles de género, así como desde programas de prevención, detección, sensibilización y formación, con carácter transversal sobre todo tipo de violencias, especialmente la violencia machista y la infantil, incluyendo el acoso y el ciberacoso sexual.
Ahora4. Desarrollar políticas públicas de juventud, así como programas de prevención, detección, sensibilización y formación, con carácter transversal sobre todo tipo de violencias, especialmente la infantil, incluyendo el acoso y el ciberacoso sexual.
Eliminado8. Garantizar el acceso a la cultura, con programas democratizadores, y dar apoyo a la creación joven y al desarrollo de lenguajes artísticos y creativos, especialmente en valenciano, en el marco de una sociedad colaborativa e innovadora.
Antes9. Potenciar el valenciano y la cultura valenciana como herramientas de inclusión de las personas jóvenes recién llegadas y la promoción del respeto, el conocimiento y el intercambio cultural; impulsar acciones y programas dirigidos a posibilitar que la juventud valenciana conozca otras realidades culturales; fomentar, junto con las lenguas oficiales en la comunidad, el aprendizaje de otras lenguas, además de la lengua de signos y el romaní, como herramienta básica de comunicación entre jóvenes de diferentes orígenes.
Ahora8. Garantizar el acceso a la cultura y dar apoyo a la creación joven.
Párrafo añadido
9. Potenciar el conocimiento de la cultura y las tradiciones propias de la Comunitat Valenciana entre la población joven.
Antes12. Desarrollar políticas públicas de juventud para involucrar y facilitar la participación activa de la juventud en el proceso de consecución de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, en colaboración con el Consejo de la Juventud de España y con cualquier organismo, plataforma, entidad y estructura de participación de los jóvenes en el ámbito de la Unión Europea.
Ahora12. Desarrollar políticas públicas de juventud para involucrar y facilitar la participación activa de la juventud.
Artículo 7
Antes1. Informar y coordinar las actuaciones que lleve a cabo la Generalitat, así como las administraciones públicas, en aquellas materias que afecten específicamente a la juventud, de conformidad con la legislación que consagra los principios de competencia y autonomía de los entes administrativos, e impulsar la ejecución y la divulgación de los derechos de las personas jóvenes y de las políticas integrales de juventud que regula el título III de la presente ley, así como potenciar y coordinar la información juvenil para garantizar el derecho de todas las personas jóvenes a tener acceso a una información completa, objetiva, comprensible y fiable respecto de todas sus preguntas y necesidades.
Ahora1. Informar y coordinar las actuaciones que lleve a cabo la Generalitat, así como las administraciones públicas, en aquellas materias que afecten específicamente a la juventud, de conformidad con la legislación que consagra los principios de competencia y autonomía de los entes administrativos, e impulsar la ejecución y la divulgación de los derechos de las personas jóvenes y de las políticas integrales de juventud que regula el título III de la presente ley.
Artículo 25
Antesb) Las dotaciones específicas que se atribuyan al Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana con cargo al presupuesto de la Generalitat. A tal efecto, por razones de interés público y social, las cuantías otorgadas, en régimen de concesión directa, podrán ser anticipadas en un cien por cien de su importe, de conformidad con la legislación vigente, a través de la suscripción de un convenio con el IVAJ, a realizar durante la primera mensualidad de la anualidad correspondiente.
Ahorab) Las dotaciones específicas que se atribuyan al Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana con cargo al presupuesto de la Generalitat.