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2 jul 2025

Real Decreto 351/2025, de 30 de abril, por el que se aprueba la norma de calidad de los aceites vegetales comestibles

Qué ha cambiado (2 artículos)

Disposición transitoria primera
AntesDisposición transitoria única. Instalaciones en funcionamiento.
AhoraDisposición transitoria primera. Instalaciones en funcionamiento.
Disposición transitoria segunda
Artículo nuevo
Disposición transitoria segunda. Comercialización de existencias de productos. Los productos etiquetados con anterioridad a la entrada en vigor de esta norma, de conformidad con la normativa vigente hasta el momento, podrán seguir comercializándose hasta que se agoten las existencias, como máximo hasta doce meses después de su entrada en vigor.