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15 oct 2025
Real Decreto 1179/2018, de 21 de septiembre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 14 bis▾
AntesEn los programas operativos podrán incluirse acciones medioambientales coincidentes con los eco regímenes. En ese caso, si el coste específico calculado para la citada acción medioambiental, es decir la suma de su coste adicional y su lucro cesante, supera el importe anual recibido por los agricultores en virtud del eco régimen, podrá imputarse al programa operativo el pago de dicho coste específico una vez restado el importe percibido por cada agricultor en virtud del eco régimen coincidente.
Ahora**(Derogado)**
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Téngase en cuenta que la derogación de este artículo, establecida por la disposición derogatoria única del Real Decreto 916/2025, de 14 de octubre,Ref. BOE-A-2025-20583, produce efectos desde el 1 de enero de 2026.]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Redacción anterior:]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: "En los programas operativos podrán incluirse acciones medioambientales coincidentes con los eco regímenes. En ese caso, si el coste específico calculado para la citada acción medioambiental, es decir la suma de su coste adicional y su lucro cesante, supera el importe anual recibido por los agricultores en virtud del eco régimen, podrá imputarse al programa operativo el pago de dicho coste específico una vez restado el importe percibido por cada agricultor en virtud del eco régimen coincidente."]
Artículo 16▾
AntesLas modificaciones de los importes de la ayuda de las acciones del programa operativo coincidentes con los eco regímenes, como consecuencia del cálculo del importe definitivo de estos últimos, no tendrán la consideración de modificación del programa operativo.
Ahora[Nota del BOE: Téngase en cuenta que la derogación del segundo párrafo del apartado 3, establecida por la disposición derogatoria única del Real Decreto 916/2025, de 14 de octubre.Ref. BOE-A-2025-20583, produce efectos desde el 1 de enero de 2026.]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Redacción anterior:]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: "Las modificaciones de los importes de la ayuda de las acciones del programa operativo coincidentes con los eco regímenes, como consecuencia del cálculo del importe definitivo de estos últimos, no tendrán la consideración de modificación del programa operativo."]
ANEXO II▾
Antes6.º Una única declaración responsable que acredite que cada uno de los titulares de las acciones, actuaciones, inversiones y conceptos de gasto, no han recibido, ni van a recibir, directa o indirectamente, ninguna otra ayuda por la ejecución de las mismas excepto las ayudas medioambientales que complementen los ecorregímenes.
Ahora6.º**(Derogado)**
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Téngase en cuenta que la derogación del apartado 6.º de la letra B), establecida por la disposición derogatoria única del Real Decreto 916/2025, de 14 de octubre,Ref. BOE-A-2025-20583, produce efectos desde el 1 de enero de 2026.]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Redacción anterior:]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: "6.º Una única declaración responsable que acredite que cada uno de los titulares de las acciones, actuaciones, inversiones y conceptos de gasto, no han recibido, ni van a recibir, directa o indirectamente, ninguna otra ayuda por la ejecución de las mismas excepto las ayudas medioambientales que complementen los ecorregímenes."]