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31 dic 2025
Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 32▾
Párrafo añadido
4. A los ingresos procedentes de las sanciones pecuniarias impuestas por la Oficina, así como al resto de ingresos de Derecho Público que gestione la misma, les será de aplicación, a efectos de la recaudación de los mismos, el régimen previsto para los ingresos de Derecho Público en el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria, aprobado por Decreto 197/2021, de 20 de julio.
Párrafo añadido
Estos ingresos formarán parte de la Hacienda de la Junta de Andalucía y se integrarán en su Tesorería General.
Párrafo añadido
La recaudación de los ingresos de Derecho Público que gestione la Oficina se llevará a cabo en período voluntario, por los órganos de la Oficina, y en período ejecutivo, por la Agencia Tributaria de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6, párrafos e) y*j)*, de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales.