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5 mar 2026
Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 61▾
AntesEl complemento de atención continuada estará vinculado a la efectiva realización de la actividad que retribuye por lo que no será susceptible de resultar abonado en situación de incapacidad temporal, a excepción de las guardias médicas.
AhoraEl complemento de atención continuada será susceptible de resultar abonado en situación de incapacidad temporal.