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10 ago 2026

Ley 2/2026, de 14 de abril, de la Generalitat, para la mejora de la renta valenciana de inclusión

Qué ha cambiado (5 artículos)

Artículo 7
Párrafo añadido
x) El acceso a la prestación se inspirará en el principio de prioridad nacional, que procure la asignación prioritaria de los recursos públicos a quienes mantengan un arraigo real, duradero y verificable en la Comunitat Valenciana, con el objetivo de asegurar la vinculación efectiva y estable del solicitante con el territorio.
Artículo 9
Eliminadoa) Quince meses de manera continuada inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
Antesb) Cinco años dentro de los diez inmediatamente anteriores a la solicitud, de manera continuada o interrumpida.
Ahoraa) Tres años de manera continuada inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
Párrafo añadido
b) Diez años dentro de los treinta inmediatamente anteriores a la solicitud, de manera continuada o interrumpida.
Artículo 13
Antesl) En el caso de tener menores de edad a cargo, responsabilizarse de la escolarización y asistencia al centro educativo durante la etapa de escolarización obligatoria.
Ahoral) En el caso de tener menores de edad a cargo, responsabilizarse de la escolarización y asistencia al centro educativo durante la etapa de escolarización obligatoria y, cuando sean beneficiarios de la gratuidad de la educación infantil de 0 a 3 años, también durante dicha etapa.
Artículo 50
Antesc) En el caso de tener menores de edad a cargo, no responsabilizarse de la escolarización y asistencia al centro educativo durante la etapa de escolarización obligatoria.
Ahorac) En el caso de tener menores de edad a cargo, no responsabilizarse de la escolarización y asistencia al centro educativo durante la etapa de escolarización obligatoria y, cuando sean beneficiarios de la gratuidad de la educación infantil de 0 a 3 años, durante dicha etapa educativa.
Disposición final quinta
Artículo nuevo
Disposición final quinta. Desarrollo reglamento. El Consell aprobará las disposiciones reglamentarias necesarias para desarrollar las condiciones de acceso a todas las ayudas, subvenciones y prestaciones públicas inspiradas en el principio de prioridad nacional, que procure la asignación prioritaria de los recursos públicos a quienes mantengan un arraigo real, duradero y verificable en la Comunitat Valenciana, con el objetivo de asegurar la vinculación efectiva y estable del solicitante con el territorio.